Descripción
Permite a los receptores de fondos públicos, que provienen de instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos, inscribirse en el registro de personas jurídicas a cargo de la Tesorería General de la República (TGR).
Las personas que reciban bonificaciones del ámbito público (sin estar inscritos en el registro) tendrán que restituirlas, incluyendo el reajuste conforme al IPC y el interés máximo convencional.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas jurídicas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPara el trámite en línea debe contar con ClaveÚnica o clave tributaria.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "Ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de Tesorería, en el menú superior, haga clic en "Beneficios y devoluciones" y luego en "Registro de personas jurídicas".
- Ingrese con su ClaveÚnica o clave tributaria.
- Complete la información requerida, y haga clic en "Aceptar".
- Como resultado del trámite, quedará inscrito inmediatamente en el registro de personas jurídicas.
Para realizar consultas llame al 600 4000 444. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
- Diríjase a una oficina de la Tesorería General de la República (TGR).
- Explique el motivo de su visita.
- Como resultado del trámite, quedará inscrito inmediatamente en el registro de personas jurídicas.
Para realizar consultas llame al 600 4000 444. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 19.862.
- Reglamento Nº 375, del 2003, del Ministerio de Hacienda.