Pagar deudas de bienes raíces en cobranza judicial

Última actualización:

Descripción

Si eres una persona natural o jurídica, paga a la Tesorería General de la República (TGR) las deudas de contribuciones que han pasado a cobranza judicial.

Una vez pagada la deuda, se recomienda informar, principalmente a la TGR regional o provincial que inició la demanda, que ya has pagado para suspender la demanda.

Importante: dentro del monto de la deuda se consideran los recargos por reajustes e intereses.

Realiza el pago durante todo el año a través del sitio web o en las oficinas de la TGR.

Para realizar el trámite:

Si tienes dudas:

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
4285

Los usuarios también visitaron

Cartola de deudas tributarias de la TGR

Consulta a través del sitio web de la Tesorería General de la República (TGR) un resumen de los movi...