Bonificación de la cotización obligatoria de salud (7 %)

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Descripción

Infórmate si eres beneficiaria o beneficiario de la bonificación automática que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) para cubrir la cotización del 7 % de salud, tanto en Fonasa como en Isapre.

Importante:

  • En tu liquidación de pensión encontrarás el detalle del pago que realizas por salud y su bonificación automática. 
  • En el caso de que tu plan de Isapre sea mayor a un 7 %, deberás pagar dicha diferencia.
Revisa si eres beneficiaria o beneficiario durante todo el año a través del sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende.

Podrás acceder a esta bonificación si eres una persona beneficiaria de:

Si no eres una persona que recibe los beneficios anteriormente mencionados, deberás cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • Pertenecer a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañía de seguro, ex caja de previsión social; o bien, ser pensionada o pensionado de la ley de accidentes del trabajo en cualquier mutualidad de empleadores, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o tener una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos.
  • Integrar un grupo familiar pertenecientes al 80% más vulnerable de la población, según el Puntaje de Focalización Previsional.
  • Haber vivido en Chile al menos 20 años seguidos o discontinuos, incluyendo cuatro de los últimos cinco años.

Para saber si tienes derecho a bonificación del 7 % de salud, elige alguna de la siguientes opciones:

Importante: podrás realizar el seguimiento a tu solicitud a través de la misma plataforma.

Si tienes dudas, llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero). Revisa el horario de atención.

  • Ley Nº 16.744, de 1968, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • Ley Nº 19.234, de 1993, establece beneficios previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos políticos en lapso que indica y autoriza al INP para transigir extrajudicialmente en situaciones que señala.
  • Ley Nº 20.531, de 2011, que exime, total o parcialmente, de la obligación de cotizar para salud a los pensionados que indica.
  • Ley Nº 20.864, de 2015, que exime de la obligación de efectuar cotizaciones de salud a pensionados mayores de 65 años, facilita la tramitación de prestaciones de vejez y otorga otros beneficios.
  • Ley Nº 21.419, de 2022, que crea la Pensión Garantizada Universal (PGU) y modifica los cuerpos legales que indica.
  • Ley Nº 21.735, de 2025, crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica.

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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