Descripción
Infórmate si eres beneficiaria o beneficiario de la bonificación automática que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) para cubrir la cotización del 7 % de salud, tanto en Fonasa como en Isapre.
Importante:
- En tu liquidación de pensión encontrarás el detalle del pago que realizas por salud y su bonificación automática.
- En el caso de que tu plan de Isapre sea mayor a un 7 %, deberás pagar dicha diferencia.
Conoce los requisitos para acceder
Conocer másPodrás acceder a esta bonificación si eres una persona beneficiaria de:
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
- Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI).
- Pensión Garantizada Universal (PGU), Beneficio por Años Cotizados (BAC), Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida para las mujeres (CEV): en este caso, deberás pertenecer al 80 % más vulnerable según el Puntaje de Focalización Previsional (PFP), el cual es calculado por el IPS.
Si no eres una persona que recibe los beneficios anteriormente mencionados, deberás cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Pertenecer a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañía de seguro, ex caja de previsión social; o bien, ser pensionada o pensionado de la ley de accidentes del trabajo en cualquier mutualidad de empleadores, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o tener una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos.
- Integrar un grupo familiar pertenecientes al 80% más vulnerable de la población, según el Puntaje de Focalización Previsional.
- Haber vivido en Chile al menos 20 años seguidos o discontinuos, incluyendo cuatro de los últimos cinco años.
Consulta si eres beneficiaria o beneficiario
Conocer másPara saber si tienes derecho a bonificación del 7 % de salud, elige alguna de la siguientes opciones:
- Ingresa a nuestro sitio web ChileAtiende con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
- Solicita una videoatención en ChileAtiende.
- Dirígete a una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad. Si el trámite lo realiza tu apoderada o apoderado, debe presentar un poder notarial con tu permiso y su cédula de identidad.
Importante: podrás realizar el seguimiento a tu solicitud a través de la misma plataforma.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero). Revisa el horario de atención.
Lee el marco legal
Conocer más- Ley Nº 16.744, de 1968, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Ley Nº 19.234, de 1993, establece beneficios previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos políticos en lapso que indica y autoriza al INP para transigir extrajudicialmente en situaciones que señala.
- Ley Nº 20.531, de 2011, que exime, total o parcialmente, de la obligación de cotizar para salud a los pensionados que indica.
- Ley Nº 20.864, de 2015, que exime de la obligación de efectuar cotizaciones de salud a pensionados mayores de 65 años, facilita la tramitación de prestaciones de vejez y otorga otros beneficios.
- Ley Nº 21.419, de 2022, que crea la Pensión Garantizada Universal (PGU) y modifica los cuerpos legales que indica.
- Ley Nº 21.735, de 2025, crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica.