Autorización de existencia de administradora de recursos financieros de terceros para la adquisición de bienes muebles

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Descripción

Solicita a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) la autorización de existencia de una administradora de recursos financieros de terceros, para la adquisición de bienes inmuebles.

La CMF revisará la escritura de constitución y verificará el cumplimiento de los requisitos legales antes de autorizar o rechazar el requerimiento.

Obtén más información.

Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web, por correo postal y en la oficina de la CMF.

Deberás cumplir con:

  • Ser una sociedad anónima que tenga por objeto el recaudo y administración de recursos financieros de terceros, para la adquisición de bienes muebles.
  • Lo establecido en la Ley N° 19.491 y Ley N° 18.046, (Título XIII).

Importante: deberás tener la escritura pública, según la Ley 18.046.

Para realizar el trámite:

Importante:

  • Tendrás una respuesta en un plazo máximo de:
    • 30 días hábiles: en caso de no tener observaciones.
    • 60 días hábiles: si no se han presentado todos los antecedentes o estos sugieren observaciones.
  • El costo del trámite es de 34 Unidades de Fomento (UF).

Si tienes dudas, comunícate con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a través de sus canales de atención.

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Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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