Descripción
Permite a los trabajadores y trabajadoras que sufrieron un accidente del trabajo o enfermedad profesional solicitar a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) la revisión de los montos de beneficios económicos contemplados en la Ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales:
- Cálculo del monto de una indemnización.
- Cálculo del monto de la pensión de invalidez.
- Cálculo del monto de la pensión de sobrevivencia.
- Monto del Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL).
- Cálculo del monto de la pensión de orfandad.
- Constitución del derecho a la pensión de sobrevivencia.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másTrabajadores y trabajadoras que están cubiertos por el seguro social contra accidentes del trabajo, trayecto o enfermedades profesionales.
Detalles
Conocer másLos beneficios económicos por concepto de accidente del trabajo o enfermedad laboral son pagados por:
- La Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).
- La Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (MUSEG).
- El Instituto de Seguridad del Trabajo (IST).
- El Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Organismos con administración delegada.
Estos tienen como propósito reemplazar las rentas de los trabajadores y trabajadoras afectados, para que exista continuidad de ingresos. El derecho a estas prestaciones se otorga a partir de la declaración de incapacidad, la que puede ser:
- Temporal: da origen al subsidio por incapacidad laboral, el que se paga hasta la curación o declaración de invalidez del trabajador o trabajadora.
- Permanente: da origen a la indemnización o pensión de invalidez.
Importante: si bien no existe plazo para presentar el reclamo, el límite es el período para hacer efectivo el pago del correspondiente beneficio económico.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente.
- Carta firmada por la persona interesada, que contenga:
- Descripción detallada de la solicitud.
- Nombre completo y RUT del interesado o interesada.
- Domicilio.
- Datos de contacto: teléfono y correo electrónico.
- Institución de salud a la que está afiliado o afiliada: Fonasa o ISAPRE.
- Entidad reclamada: mutualidad de empleadores, Instituto de Seguridad Laboral (ISL) u organismo de administración delegada del seguro social de la Ley Nº 16.744.
- Copia del documento que establece el monto del subsidio, indemnización o pensión.
- Otros antecedentes que permitan fundamentar el reclamo (opcionales).
Importante:
- Si el trámite lo realiza el o la representante del o de la titular, debe entregar un poder simple, su cédula de identidad vigente y los documentos mencionados anteriormente.
- Para realizar el trámite en línea, a través del sitio web de SUSESO, es necesario contar con la ClaveÚnica.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “Ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de SUSESO, seleccione la forma de ingreso: ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), o clave registrada ante SUSESO.
- Haga clic en “Ingresa al formulario de reclamo” en la opción “Hacer un reclamo”.
- Seleccione la materia “Seguro laboral y seguro escolar”, y luego la submateria “Revisión, cálculo, subsidio, indemnización y/o pensión”.
- Describa en términos generales su requerimiento donde dice “Relato”, y opcionalmente, haga clic en “Incluye documentos generales” y luego en “Comenzar reclamo”.
- Complete y verifique sus datos personales, y haga clic en “Siguiente”.
- Ingrese toda la información relativa a la solicitud (caracterización), adjunte los documentos requeridos, y haga clic en “Siguiente”.
- Adjunte los documentos generales, y haga clic en “Siguiente”.
- Complete los datos del empleador o empleadora, y haga clic en “Siguiente”.
- Revise el resumen de su apelación, acepte las condiciones de ingreso y si desea recibir la notificación por correo electrónico, y haga clic en “Siguiente”.
- Como resultado del trámite, habrá ingresado su solicitud. El sistema le otorgará un comprobante con el número de su reclamo, el que debe guardar para hacer seguimiento de su caso. Además, le enviará a su correo electrónico un resumen del formulario de ingreso.
- El sistema le indicará el folio o número de ingreso, el que debe guardar para hacer seguimiento de su caso. Recibirá un correo electrónico con el resumen del formulario.
- Como resultado del trámite, habrá ingresado su apelación.
Importante:
- Si tiene alguna duda sobre cómo apelar y hacer seguimiento a su caso, visite la sección “El ciclo de vida del reclamo” en el sitio web de SUSESO.
- En un plazo aproximado de 30 días, puede consultar el estado de su trámite. Finalizado el análisis, SUSESO enviará a su correo electrónico o domicilio (según lo informado al momento de realizar el trámite) el dictamen.
- Si el caso es complejo y obliga a hacer investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, tendrá cinco días contados desde la notificación del dictamen para ingresar un recurso de reposición ante SUSESO, aportando nuevos antecedentes.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de ChileAtiende más cercana a su domicilio. De no ser posible, vaya a una oficina de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
- Explique el motivo de su visita: solicitar la revisión del cálculo de los beneficios económicos asociados a un accidente del trabajo o enfermedad profesional.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá ingresado su apelación. Recibirá un comprobante, el que debe guardar para hacer seguimiento a su caso, además de un correo electrónico con el resumen del formulario de ingreso.
Importante:
- En un plazo aproximado de 30 días, puede consultar el estado de su trámite. Finalizado el análisis, SUSESO enviará a su correo electrónico o domicilio (según lo informado al momento de realizar el trámite) el dictamen.
- Si el caso es complejo y obliga a hacer investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, tendrá cinco días contados desde la notificación del dictamen para ingresar un recurso de reposición ante SUSESO, aportando nuevos antecedentes.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.