Descripción
Permite reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) el cálculo erróneo del Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL), asociado a una licencia maternal (pre y postnatal) autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), la unidad de licencias médicas o una Institución de Salud Previsional (Isapre).
Obtén más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másTrabajadoras dependientes e independientes aseguradas al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) o a una Institución de Salud Previsional (Isapre).
Detalles
Conocer másImportante: el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) tiene como propósito reemplazar las rentas de las trabajadoras para que exista continuidad de ingresos.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente.
- Carta firmada que contenga:
- Descripción detallada de tu solicitud.
- Nombre completo y RUN.
- Domicilio.
- Datos de contacto: teléfono y correo electrónico.
- Institución de salud a la que estás afiliada: Fonasa o Isapre.
- Entidad reclamada: COMPIN o Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) dependiendo de quien pague el Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL). Las afiliadas a una Isapre deben presentar la resolución de la COMPIN.
- Copia de la resolución que da origen al reclamo.
- Fotocopia íntegra, legible y extendida (por ambos lados) de la licencia médica reclamada, en la que conste el diagnóstico. Si se trata de una licencia médica electrónica, no es necesario acompañarla.
- Resolución judicial que concedió la adopción, tuición o cuidado personal, cuando corresponda.
Adicionalmente, debes presentar los siguientes documentos:
Trabajadoras dependientes:
- Certificado de cotizaciones previsionales AFP o IPS de los últimos 12 meses anteriores al mes de inicio de la licencia médica.
- Fotocopia de las tres últimas liquidaciones de sueldo, anteriores al mes de inicio de la licencia médica.
- Fotocopia de las tres liquidaciones de sueldo anteriores a la fecha de inicio del embarazo (fecha de concepción), pudiendo ampliarse la entrega hasta trece liquidaciones anteriores al inicio de la licencia médica.
- Fotocopia del contrato de trabajo.
- Fotocopia del FUN (Formulario Único de Notificación) de la Isapre, cuya vigencia no supere los 14 meses anteriores al inicio de la licencia médica.
Trabajadoras independientes:
- Certificado de las cotizaciones previsionales de la AFP o IPS de los últimos 14 meses anteriores al inicio de la licencia.
- Fotocopia del FUN (Formulario Único de Notificación) de la Isapre, cuya vigencia no supere los 14 meses anteriores al inicio de la licencia médica.
Mujeres que se encuentran cesantes:
- Certificado de cotizaciones previsionales de la AFP o el Instituto de Previsión Social (IPS), correspondientes a los últimos 24 meses anteriores a la fecha de la concepción.
- Fotocopia por ambos lados de la licencia médica tipo 3 (para ver la fecha de la concepción), si fue emitida en papel.
Importante:
- Si el trámite lo realiza otra persona en tu representación: poder simple, su cédula de identidad vigente y los documentos mencionados anteriormente.
- El trámite en línea se puede realizar con la ClaveÚnica o clave de SUSESO.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúne los antecedentes requeridos.
- Haz clic en “Elige una opción” y luego en “Apelar el cálculo del Subsidio por Incapacidad Laboral”.
- Una vez en el sitio web de SUSESO, selecciona la forma de ingreso: ClaveÚnica o clave registrada ante SUSESO.
- Haz clic en “Ingresa al formulario de reclamo” en la opción “Hacer un reclamo”.
- Selecciona la materia “Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL)”, submateria “Revisión del monto del subsidio” y motivo “Mujer cesante: SIL maternal”, “Trabajadora dependiente: SIL maternal” o “trabajadora independiente: SIL maternal”.
- Describe en términos generales tu requerimiento donde dice “Relato”, y haz clic en “Incluye documentos generales” y luego en “Comenzar reclamo”.
- Completa y verifica tus datos personales, y haz clic en “Siguiente”.
- Ingresa toda la información relativa a su solicitud (caracterización), adjunta los documentos requeridos, y haz clic en “Siguiente”.
- Adjunta los documentos generales, y haz clic en “Siguiente”.
- Completa los datos del empleador, y haga clic en “Siguiente”.
- Revisa el resumen de su apelación, acepta las condiciones de ingreso y si desea recibir la notificación por correo electrónico, y haz clic en “Siguiente”.
- El sistema te indicará el folio o número de ingreso, el que debes guardar para hacer seguimiento a tu caso. Recibirás un correo electrónico con el resumen del formulario.
- Como resultado del trámite, habrás ingresado tu apelación.
Importante:
- Si tienes alguna duda sobre cómo apelar y hacer seguimiento a tu caso, visita la sección “El ciclo de vida del reclamo” en el sitio web de SUSESO.
- En un plazo aproximado de 30 días puedes consultar el estado del trámite. Finalizado el análisis, SUSESO enviará el dictamen al correo electrónico o domicilio informado al momento de realizar el trámite.
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, tendrás cinco días contados desde la notificación del dictamen (Ley Nº 19.880) para ingresar un recurso de reposición ante SUSESO, aportando nuevos antecedentes.
- Reúne los antecedentes requeridos.
- Dirígite a la oficina ChileAtiende más cercana a su domicilio. De no ser posible, acude a la oficina de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) de tu región.
- Explica el motivo de tu visita: reclamar o apelar el cálculo erróneo del Subsidio por Incapacidad Laboral asociado a una licencia maternal (pre y postnatal).
- Entrega los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrás ingresado tu apelación. Recibirás un comprobante, el que debe guardar para hacer seguimiento a tu caso.
Importante:
- En un plazo aproximado de 30 días puedes consultar el estado del trámite. Finalizado el análisis, SUSESO enviará el dictamen al correo electrónico o domicilio informado al momento de realizar el trámite).
- Si el caso es complejo y obliga a realizar investigaciones y diligencias probatorias, el período de respuesta puede extenderse a un máximo de seis meses.
- Si el dictamen es favorable, SUSESO notificará al organismo administrador del beneficio. En caso contrario, tendrás cinco días contados desde la notificación del dictamen (Ley Nº 19.880) para ingresar un recurso de reposición ante SUSESO, aportando nuevos antecedentes.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 16.395.
- Decreto Supremo (DS) Nº 3, de 1984, sobre el reglamento de autorización de licencias médicas por las COMPIN e instituciones de salud previsional.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 44, de 1978.
- Ley Nº 20.545.