Descripción
Permite solicitar la aprobación del programa de enseñanza, trámite que se debe realizar antes de solicitar la autorización para la instalación de una escuela de conductores ante la municipalidad.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que desean instalar una escuela de conductores clase B, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Que exista una persona propietaria de la escuela.
- Que exista un director o directora de la escuela, que puede ser el o la propietaria.
- Contar con al menos un instructor o instructora teórico y dos instructores o instructoras prácticos en conducción.
- Contar, al menos, con dos vehículos tipo automóvil doble comando.
- Poseer dos salas independientes y una sala de recepción.
- Contar con el equipamiento indicado en el artículo Nº 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 39 de 1985.
- Cumplir con los instrumentos indicados en el artículo 9, letra F, del decreto supremo Nº 39 de 1985.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Programa de enseñanza en tres copias anilladas y mecanografiadas y firmadas por el director o directora de la escuela.
- Documentos de la propietaria:
- Cédula de identidad.
- Certificado de antecedentes.
- Hoja de vida del conductor.
- Documentos del director o directora:
- Cédula de identidad.
- Certificado de antecedentes.
- Hoja de vida del conductor.
- Tarjeta de INIVIP (Instituto de Investigaciones Viales y Psicotécnicas, de Carabineros).
- Aprobación de curso para ejercer las funciones de instructor teórico de tránsito en los términos del mencionado decreto.
- Documentos del instructor o instructora teórico de conducción:
- Certificado de antecedentes.
- Acreditar 4º año de enseñanza media.
- Acreditar la aprobación de algún curso de capacitación en materia de tránsito y mecánica.
- Documentos del instructor o instructora práctico de conducción:
- Certificado de antecedentes.
- Acreditar 4º año de enseñanza media.
- Acreditar la aprobación de algún curso de capacitación en materia de tránsito y mecánica.
- Fotocopia de licencia de conducir que acredite estar en posesión de licencia clase B, de una antigüedad no inferior a siete años.
- Documentos de vehículos:
- Los generales exigidos en la Ley del Tránsito: permiso de circulación, certificado de revisión técnica, seguro obligatorio y certificado de emisiones contaminantes.
- Póliza de seguros de 1.000 Unidades de Fomento por cada vehículo.
- Certificado de anotaciones vigente del vehículo o contrato de arrendamiento por leasing.
- El o la titular de la autorización para mantener la escuela de conductores clase B debe ser propietario o propietaria de dos vehículos motorizados de cuatro ruedas, los que podrán ser para transporte de personas con capacidad de hasta 7 asientos, excluido el del conductor, o de carga de capacidad igual o inferior a 1.750 kilogramos.
- Documentos de la sede o local:
- Modalidad de tenencia de la sede o local: contrato de arrendamiento o escritura de dominio.
- Documentos de equipamiento:
- Declaración jurada notarial que detalle la existencia del equipamiento indicado en el artículo 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 39 de 1985.
- Modalidad de tenencia de los instrumentos indicados en el artículo 9, Letra F, del Decreto Supremo (DS) Nº 39 de 1985.
- Documentos municipales:
- Certificado municipal que exprese que, en principio, no tiene inconvenientes en que la escuela opere en su comuna.
- Pre-aprobación del circuito práctico de conducción y carta suscrita por el director o directora de tránsito de la municipalidad donde se ubica la sede de la escuela, en la que se indique que no existen inconvenientes de que se instale en la comuna.
- En caso de que la solicitud presente fotocopias, estas deben ser autenticadas ante notario.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa validez del trámite es indefinida. No obstante, esta puede revocarse a solicitud del propietario de la escuela o iniciativa de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones (Seremitt) de la región que corresponda.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación de programa de enseñanza de escuelas de conductores no profesionales o clase B.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la aprobación. Tendrá respuesta a su requerimiento en aproximadamente 90 días hábiles. En caso de ser aprobado, recibirá una resolución exenta que aprueba el programa de enseñanza.
Importante: en las Seremitt se realiza solo lo anteriormente señalado. La autorización para actuar como escuela en un municipio determinado debe solicitarse directamente a la dirección de tránsito y transporte público respectiva.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto Supremo (DS) Nº 39 de 1985, el cual aprueba el reglamento de escuelas de conductores de vehículos motorizados.