Permiso de servicio limitado para necesidades específicas de telecomunicaciones

Última actualización:

Descripción

Permite solicitar una autorización para la instalación, operación y explotación de un servicio limitado para necesidades específicas de telecomunicaciones.

Obtenga más información.

El trámite se puede realizar durante todo el año en oficinas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL).

Persona natural o jurídica, que cumpla con las exigencias legales y técnicas señaladas en la legislación vigente.

  • Solicitud de acuerdo a formularios SL-1 a SL-4. Imprima dos copias del formulario e ingrese todos los datos solicitados.
  • Diagrama del sistema.
  • Plan de frecuencias.
  • Descripción de estaciones.
  • Presentar antecedentes legales y técnicos, señalados en el instructivo relativo a los Servicios Limitados, resolución exenta Nº 352 de 1985, modificada por resolución exenta Nº 174 de 2001.
  • Revise el manual de trámites y autorizaciones donde puede descargar los formularios que correspondan.

Los permisos tienen distintas vigencias, según el servicio limitado:

  • Radiocomunicaciones: 10 años.
  • Música ambiental: 10 años.
  • Televisión por cable: plazo indefinido.
  • Televisión satelital: 10 años.
  • Uso experimental: 5 años.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), ubicada en Amunátegui 139, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. En regiones acuda a las Secretarías Regionales Ministeriales.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar un permiso de servicio limitado para necesidades específicas de telecomunicaciones.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud de permiso. Se le entregará una copia del formulario y del número de ingreso de su solicitud. Tendrá respuesta a su requerimiento en el plazo de 60 días hábiles desde el ingreso de la solicitud en la oficina de partes.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado
  • El trámite no tiene costo.
  • En caso que obtenga el permiso, existe un costo anual  de acuerdo a lo indicado en el Decreto Supremo (DS) Nº 281, de 7/6/2001, el cual corresponde a un derecho de uso del espectro radioléctrico.

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