Descripción
La Carta de Nacionalización permite a las personas extranjeras, que cumplen con los requisitos legales, adquirir la nacionalidad chilena.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas extranjeras en general:
- Tener 18 años al momento de hacer la solicitud, o 14 si cuenta con la autorización de sus padres, o de quienes estén a cargo de su cuidado personal (deberá presentar documento legal que acredite el cuidado).
- Ser titular de Residencia Definitiva vigente.
- Tener 5 años o más de residencia en Chile (este plazo se contará a partir de la fecha de estampado de la Residencia Temporal que dio origen a la Residencia Definitiva que mantiene vigente).
Nacionalización calificada artículo 85 de la Ley Nº 21.325:
También podrán solicitar la nacionalización las personas con Residencia Definitiva que acrediten 2 años de residencia continuada en Chile, y que tengan alguno de los siguientes vínculos con el país:
- Calidad de cónyuge de una persona chilena, a lo menos durante 2 años y cuyo matrimonio se encuentre inscrito en Chile, siempre que en el mismo período se cumpla que vivan en un hogar común (artículo 133 del Código Civil).
- Los parientes de chilenos o chilenas por consanguineidad, hasta el segundo grado inclusive, y adoptados o adoptadas por personas chilenas.
- Hijo o hija cuyo padre o madre, habiendo sido chileno, haya perdido la nacionalidad chilena con anterioridad a su nacimiento.
Españoles:
- Convenio de doble nacionalidad: podrán optar a este los españoles y españolas nacidos en el territorio peninsular, Islas Baleares y Canarias. Para tal efecto, deberá presentar una declaración jurada notarial en la cual solicita acogerse al convenio de doble nacionalidad entre Chile y España.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Revise los documentos solicitados según el caso que corresponda.
- Para realizar el trámite en línea, debe tener ClaveÚnica o estar registrado o registrada en el portal de trámites del Servicio Nacional de Migraciones.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másIndefinida.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “Ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de la institución, en la sección “Solicitud de carta de nacionalización”, seleccione la vía de ingreso:
- Iniciar con ClaveÚnica: escriba su RUN y ClaveÚnica, haga clic en “Continuar”. Si no la tiene, solicítela.
- Inicio de sesión: ingrese su correo electrónico y contraseña, y pulse en “Ingresar”.
- Lea la información, acepte las condiciones, y haga clic en “Siguiente”.
- Complete los datos personales, de contacto, adjunte los antecedentes requeridos, y haga clic en “Siguiente” cada vez que el sistema lo solicite.
- Haga clic en “Enviar solicitud”. Se enviará un comprobante de la solicitud a su correo electrónico.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la nacionalización. De ser aprobada su solicitud, obtendrá la carta de nacionalización y se le notificará al correo electrónico ingresado al momento de la postulación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másRevise en la tabla de arancel el valor de la carta de nacionalización.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 21.325 de Migración y Extranjería.
- Reglamento decreto Nº 296.
- Decreto Supremo (DS) Nº 5.142 de 1960.