Renegociación de las deudas de una persona

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Última actualización: 5 de diciembre, 2024

Descripción

Como persona natural (sujeta a crédito y sin haber tenido un Procedimiento Concursal de
Renegociación en 24 meses) accede a la administración gratuita para renegociar tus deudas, generando nuevas condiciones de pago al vender tus bienes.

La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) actúa como facilitadora, ayudándote a ti y a tus acreedores a llegar a un acuerdo que sea beneficioso para ambas partes.

Revisa:

Realiza el trámite durante todo el año en el sitio web de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) y en sus oficinas.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado
  • Tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos y que, en total, sumen más de 80 unidades de Fomento (UF).
  • No tener movimientos de primera categoría dentro de los 24 meses anteriores al inicio del Procedimiento de Renegociación.
  • Acompañar las declaraciones juradas y los documentos justificativos exigidos por la Superintendencia. Descarga el listado de antecedentes

Importante: si emites boletas de honorarios, también puedes acceder al procedimiento de Renegociación.

  • Declaración de todas tus deudas, tanto las que están al día como las que se encuentran vencidas, acompañando los documentos justificativos de cada deuda.
  • Declaración de todos los ingresos que percibes, acompañando los documentos justificativos de cada ingreso.
  • Declaración de todos los bienes que sean de tu propiedad o sobre los cuales tenga derechos, acompañando los documentos justificativos de los bienes declarados.
  • Declaración en que conste que es persona deudora, y que no se le ha notificado de la demanda de Liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en su contra, que no sea de origen laboral.
  • Propuesta de renegociación de cada una de las deudas declaradas.

Documentos que debe acompañar para iniciar un Procedimiento Concursal de Renegociación

Además de las declaraciones señaladas, presenta los siguientes documentos:

Importante: la Superintendencia tiene un plazo de 10 días hábiles para revisar tu solicitud. Esta revisión puede tener los siguientes resultados:

  1. Declarar admisible tu solicitud y citar a la primera audiencia de determinación de pasivo.
  2. Ordenar rectificar los antecedentes o entregar información adicional, en el plazo que la Superintendencia determine.
  3. Declarar inadmisible la solicitud por el incumplimiento de alguno de los requisitos señalados en el artículo 261 o por haber transcurrido el plazo sin que la persona haya rectificado la solicitud.

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

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