Autorización de importación de especies hidrobiológicas de primera importación

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Descripción

Solicita autorización a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) para importar especies hidrobiológicas a través de determinadas certificaciones o por la realización de un estudio sanitario.

La respuesta de Subpesca es mediante una resolución exenta que puede ser rechazada por razones sanitarias, o autorizada con determinadas certificaciones o previos estudios sanitarios.

Obtén más información.

Solicita autorización durante todo el año a través del sitio web o en la oficina de Subpesca.

Debes redactar una solicitud y luego adjuntarla en el portal Cero Filas o presentarla en la oficina de Subpesca, dependiendo de cómo hagas el trámite.

La solicitud debe contener:

  • Tu nombre, RUN, domicilio y teléfono. Si eres una persona jurídica, debes, además, incluir una copia simple de las escrituras públicas de su constitución y modificaciones, certificado de vigencia y copia del mandato con el que actúas como representante.
  • Identificación de la especie, nombre científico y común.
  • Distribución geográfica de la especie en su ámbito nativo.
  • Lugar geográfico y físico de procedencia de los ejemplares, señalando su estado de desarrollo.
  • Zona zoogeográfica y establecimiento en que se proyecta mantener la especie.
  • Objetivo de la importación.
  • Antecedentes de la especie en su ambiente nativo, considerando los siguientes aspectos:
    • Ciclo de vida.
    • Biología reproductiva, indicando:
      • Tipo de reproducción.
      • Tipo de fecundación.
      • Ciclo reproductivo.
      • Fecundidad.
  • Requerimientos ambientales para la reproducción.
  • Ecología, indicando el rol que desempeña en el ecosistema en las diferentes etapas de su ciclo de vida, particularmente en lo referido a su trama trófica.
  • Antecedentes de la tecnología de cultivo de las especies (cuando corresponda).
  • Patologías, agentes etiológicos, epibiontes, endobiontes y/o simbiontes relacionados con la especie.
  • Antecedentes que existan de la introducción de la especie realizada en otros países, con sus respectivos resultados.
  • Antecedentes bibliográficos.

Si el objeto de la primera importación de una especie hidrobiológica es su cultivo en sistemas de circuito controlado, deberás entregar, además, los siguientes antecedentes:

  • Diseño del sistema de cultivo o mantención, que permita su aislamiento del medio ambiente acuático.
  • Sistema de captación, tratamiento y evacuación de aguas.
  • Sistema de prevención y control de escapes de ejemplares, diseminación de enfermedades, programas de limpieza y desinfección, en todas las especies a importar.

Para realizar el trámite, elige la opción que más te acomode:

Importante: recibirás una respuesta a través de una resolución en un plazo máximo de 90 días hábiles a contar de la fecha de la solicitud.

Si tienes dudas, comunícate con la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca).

Decreto Supremo (SD) N° 730, de 1996, que aprueba reglamento de internación de especies de primera importación.

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Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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