Descripción
Permite a las personas interesadas cotizar la publicación de los siguientes documentos en el Diario Oficial:
- Derechos de agua.
- Extravíos de certificados de subsidio habitacional.
- Concesiones de pesca.
- Aviso de junta de accionistas.
- Otros documentos judiciales.
¿A quién va dirigido?
Conocer másA toda persona interesada en publicar en el Diario Oficial.
Detalles
Conocer másImportante:
- Los plazos para publicar comienzan a contar desde el día en que el Diario Oficial recibe conforme los documentos originales y el pago (si corresponde).
- Cuando se trata de documentos que no tienen definido un día especial de publicación, el Diario Oficial tiene que recibirlos con un mínimo de tres días hábiles antes de la fecha de su publicación.
- Si la publicación se tiene que hacer los días 1 o 15 del mes, la recepción de los documentos por parte del Diario Oficial se realiza con una antelación mínima de cinco días hábiles.
- Los días sábado no se consideran hábiles.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Documentos originales que los usuarios desean publicar.
- Formulario de cotización.
- Documentos que autorizan la publicación si corresponde, como es el caso de los privilegios de pobreza.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina ChileAtiende.
- Explique el motivo de su visita: entregar la documentación original para solicitar la cotización en el Diario Oficial.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá entregado la documentación original, la que será enviada al Diario Oficial para su respectiva cotización.
Importante:
- Una vez realizada la cotización, el Diario Oficial enviará dos correos electrónicos al interesado. El primero es de registro para activar la cuenta, y el segundo contiene la cotización para su pago electrónico.
- Las oficinas ChileAtiende solo recepcionan los antecedentes originales y los envían al Diario Oficial para su respectiva cotización.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto Nº 22 del 12 de enero de 2016, que aprueba el reglamento sobre la organización y el funcionamiento del Diario Oficial.