Descripción
La entrega de una persona fallecida desde el Servicio Médico Legal (SML) dependerá de la orden emitida por el fiscal.
El SML realizará las pericias médicas forenses, de acuerdo con el procedimiento que corresponda a cada caso visto con el o la fiscal y el servicio en su calidad de organismo asesor.
Habitualmente, la entrega de un fallecido o fallecida se realiza entre 24 y 48 horas después de iniciado el trámite para su retiro, siempre y cuando no se trate de casos complejos cuya investigación requiera más tiempo.
Revise más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEl SML considera el orden de prioridad o preferencia con que una persona debe ser atendida respecto de otra, conforme al reglamento sanitario y código penal (orden de prelación):
- Cónyuge, conviviente de unión civil e hijos que tengan mayoría de edad.
- Ascendientes.
- Conviviente.
- Hermanos, persona adoptada o adoptante.
- Un tercero. El fiscal a cargo de la causa podrá ordenar el retiro a una persona en calidad de tercera persona que sea mayor de edad.
El objetivo final es que una persona se encargue de la inhumación y de los ritos funerarios de la persona fallecida.
Detalles
Conocer másLa persona fallecida es entregada por el SML, una vez que se han realizado los siguientes pasos:
- Reclamación.
- Autopsia, que contempla la entrega de la persona fallecida para la inhumación y la corroboración de identidad. Esta última se hace mediante uno de los tres métodos científicos establecidos (huellas dactilares, odontología o genética, según corresponda).
- Una vez concluida la autopsia, el SML se pondrá en contacto con quien haya iniciado el trámite para proceder al retiro de la persona fallecida. La autorización para entrega es dada por el o la fiscal a cargo del caso.
- El SML entregará a la persona reclamante el certificado de causa de muerte, documentos de identidad de la persona fallecida y autorización de entrega e inscripción de la fiscalía, con el propósito que sea inscrita la defunción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCel).
- La persona reclamante deberá entregar el vestuario de la persona fallecida y acreditar la contratación de un servicio funerario, lugar donde será velada y sepultada la persona fallecida.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másPresentar la siguiente documentación (reclamante y persona fallecida):
- Cédula de identidad.
- Certificado de nacimiento.
- Libreta de matrimonio o de unión civil.
- Pasaporte u otro documento de identidad emitido por el consulado y apostillado o certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrel).
- Se pueden solicitar otros documentos, lo que dependerá de cada caso.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Servicio Médico Legal (SML) donde se encuentra la persona fallecida.
- Explique el motivo de su visita: retirar el cuerpo de una persona fallecida.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el retiro de un fallecido o fallecida. El SML le orientará sobre los trámites particulares a realizar para cumplir con los requisitos que deberá documentar para cada caso, según el proceso de inhumación que la persona reclamante resuelva seguir.
Para consultas, llame al +56 2 2782 36 62, +56 2 2782 36 63, +56 2 2782 36 64 o contáctese con el Sistema de Atención Ciudadana.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másLa pericia forense y la posterior entrega del fallecido o fallecida, es gratis.
Marco Legal
Conocer más- Resolución Nº 3.363 exenta que aprueba guías de procedimientos de tanatología.
- Ley Nº 19.696 que establece el Código Penal.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 725 Código Sanitario.