Retiro de personas fallecidas desde el Servicio Médico Legal (SML)

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Descripción

La entrega de una persona fallecida desde el Servicio Médico Legal (SML) dependerá de la orden emitida por el fiscal.

El SML realizará las pericias médicas forenses, de acuerdo con el procedimiento que corresponda a cada caso visto con el o la fiscal y el servicio en su calidad de organismo asesor.

Habitualmente, la entrega de una persona fallecida se realiza entre 24 y 48 horas después de iniciado el trámite para su retiro, siempre y cuando no se trate de casos complejos cuya investigación requiera más tiempo.

Revisa más información.

Haz el trámite durante todo el año en las oficinas del Servicio Médico Legal (SML).

Debes presentar la siguiente documentación (reclamante y persona fallecida):

  • Cédula de identidad.
  • Certificado de nacimiento.
  • Libreta de matrimonio o de unión civil.
  • Pasaporte u otro documento de identidad emitido por el consulado y apostillado o certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrel).
  • Se pueden solicitar otros documentos, lo que dependerá de cada caso.

La persona fallecida es entregada por el SML, una vez que se han realizado los siguientes pasos:

  • Reclamación.
  • Autopsia, que contempla la entrega de la persona fallecida para la inhumación y la corroboración de identidad. Esta última se hace mediante uno de los tres métodos científicos establecidos (huellas dactilares, odontología o genética, según corresponda).
  • Una vez concluida la autopsia, el SML se pondrá en contacto con quien haya iniciado el trámite para proceder al retiro de la persona fallecida. La autorización para entrega es dada por el o la fiscal a cargo del caso.
  • El SML entregará a la persona reclamante el certificado de causa de muerte, documentos de identidad de la persona fallecida y autorización de entrega e inscripción de la fiscalía, con el propósito que sea inscrita la defunción en el Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • La persona reclamante deberá entregar el vestuario de la persona fallecida y acreditar la contratación de un servicio funerario, lugar donde será velada y sepultada la persona fallecida. 

Dirígete a la oficina del Servicio Médico Legal (SML) donde se encuentra la persona fallecida para retirar su cuerpo.

El SML te orientará sobre los trámites particulares a realizar para cumplir con los requisitos que deberás documentar para cada caso, según el proceso de inhumación que resuelvas seguir.

Para consultas, llama al +56 2 2782 36 62, +56 2 2782 36 63, +56 2 2782 36 64 o contáctate con el Sistema de Atención Ciudadana.

Importante: la pericia forense y la posterior entrega del fallecido o fallecida, es gratis.

El SML considera un orden de prioridad, establecido por ley (orden de prelación), que determina quién tiene autorización para el retiro de un cuerpo:

  1. Cónyuge, conviviente de unión civil e hijos que tengan mayoría de edad.
  2. Ascendientes.
  3. Conviviente.
  4. Hermanos, persona adoptada o adoptante.
  5. Un tercero. El fiscal a cargo de la causa podrá ordenar el retiro a una persona en calidad de tercera persona que sea mayor de edad.

El objetivo final es que una persona se encargue de la inhumación y de los ritos funerarios de la persona fallecida.

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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