Descripción
Permite informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) la pérdida o inutilización de libros de contabilidad, auxiliares, o documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables.
¿A quién va dirigido?
Conocer másContribuyentes que hayan perdido libros contables y/o documentos tributarios.
Detalles
Conocer másImportante:
- Se debe dar aviso al SII dentro de un plazo máximo de diez días hábiles, contados desde que ocurre la pérdida o inutilización de documentos, de lo contrario se expone a una multa por informar fuera de plazo.
- En caso de la pérdida de libros contables, deberá reconstituir la contabilidad dentro de un plazo máximo de 30 días y conforme las normas que fije la Dirección Regional con jurisdicción en el domicilio del contribuyente.
- Además, deberá realizar una publicación en un diario de circulación nacional, por tres días consecutivos, en caso de que se trate de pérdida de talonarios completos o parciales de facturas, facturas de compras, guías de despacho, notas de débitos o de créditos, liquidaciones y liquidaciones facturas autorizadas legalmente.
Para más información, revise las preguntas frecuentes.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad vigente.
- En caso de que el trámite lo realice un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y la del contribuyente junto a un poder notarial que acredite su representación.
- Formulario 3238 (original y fotocopia).
Revise los requisitos específicos.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Declarar pérdida".
- Una vez en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, ingrese a "Servicios online".
- En el menú seleccione "Peticiones administrativas y otras solicitudes"
- Haga clic en "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes" y posteriormente en "Peticiones administrativas"
- Escriba su RUT y clave tributaria, y haga clic en "Ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta. También puede ingresar con su ClaveÚnica.
- Seleccione la opción "Pérdida de documentos tributarios” y complete los datos requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá declarado la pérdida de documentos contables.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Servicio de Impuestos Internos (SII) correspondiente al domicilio del contribuyente.
- Explique el motivo de su visita: declarar la pérdida de documentos contables.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá informado de pérdida de documentos y/o libros. En este último caso, se le solicitará la reconstitución de registros si corresponde y deberá ingresar la información en los sistemas informáticos a fin de prevenir el mal uso de la documentación perdida.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.