Descripción
Si ya tienes un giro de actividades, amplíalo y autoriza las facturas de exportación ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), cuando necesites vender al extranjero.
Revisa más información
Conocer más- Para exportar es necesario contar con facturas de exportación, diferentes a las facturas de venta nacionales.
- El empresario debe especificar en su iniciación de actividades, en la descripción del giro (independiente del rubro), que su intención es vender exento o no afecto a IVA (formulario 4115 del SII).
- Si el empresario tiene un giro económico determinado antes de decidirse a exportar, podría requerir una ampliación de giro, donde agregará esta característica a su rubro.
Revisa la lista de códigos de actividad económica.
Solicita la ampliación de giro
Conocer másIngresa al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y selecciona “Cambiar/ampliar giro o actividad económica”. Escribe tu RUT y Clave Tributaria. Si no estás registrado, crea una cuenta. También puedes acceder con ClaveÚnica.
Completa los datos solicitados, y haz clic en "Grabar".
Lee el marco legal
Conocer más- Circular Nº 17 de 1995.
- Circular N°41 de 2021.
- Resolución Exenta Nº 55 de 2003.