Descripción
Si eres un contribuyente, solicita al Servicio de Impuestos Internos (SII) la eliminación de duplicados de facturas, originales de boletas y otros documentos tributarios similares, cuando no puedes mantenerlos bajo custodia.
Revisa más información
Conocer más- Los y las contribuyentes que emiten este tipo de documento deben conservar durante 6 años los originales de las boletas y duplicados de facturas, guías de despacho, notas de crédito y notas de débito y de otros documentos.
- Se puede eliminar documentación de años comerciales completos y en ningún caso considera la destrucción de documentos de los últimos 3 años, salvo que se haya revisado la contabilidad de la o el contribuyente y liquidado todos los impuestos que le afecten.
Solicita autorización
Conocer másAccede al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y selecciona "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes”.
En “Peticiones Administrativas" (en color naranjo), escribe tu RUT y Clave Tributaria. Si no estás registrado, crea una cuenta. También puedes ingresar con tu ClaveÚnica.
Luego elige la opción "Destrucción de Documentos Tributarios".
Importante: debes presentar el Formulario 2117.
Lee el marco legal
Conocer más- Decreto Ley (DL) Nº 825, sobre impuesto a las ventas y servicios.
- Decreto Ley (DL) Nº 830, sobre Código Tributario.
- Circular Nº 36 de 1975.
- Resolución Nº 2.301 de 1986.
- Circular Nº 50 de 1986.