Descripción
Permite a los contribuyentes solicitar el pago diferido del IVA en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, dentro de un plazo de 60 meses, ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿A quién va dirigido?
Conocer másLos y las contribuyentes que adquieran vehículos destinados al transporte de pasajeros con capacidad de más de 15 asientos (incluido el conductor) como primera venta en el país, o bien en importaciones de dichos vehículos hechas directamente por las personas que no sean contribuyentes de este impuesto respecto de su giro.
Detalles
Conocer másImportante: una vez determinado el impuesto que afecta a la importación, el contribuyente debe garantizar su pago aceptando ante notario una letra a la vista por el IVA respectivo a la orden del Tesorero General de la República.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másEn caso de primera venta en el país:
- Formulario 2117 que acreditar la calidad de importador, fabricante o adquirente.
- Formulario 4415 y sus modificaciones.
- Formulario 3239.
- Acreditar estar al día en su cumplimiento tributario, presentando los últimos formularios 22 y 29, y el certificado de deuda fiscal otorgado por la Tesorería General de la República; además declarar que conoce y acepta las normas legales.
Importante: antes de facturar la venta, el vendedor o vendedora junto al comprador deben pedir autorización para emitir la factura de venta sin recargar el Impuesto al Valor Agregado e iniciar la petición de autorización para el pago diferido del IVA. Para ello:
- Ambos involucrados (o sus representantes acreditados) deben concurrir a la oficina del SII.
- Identificar claramente los vehículos que se venden.
- Presentar una de las siguientes garantías: solidaridad pasiva convencional que implica que el vendedor y comprador consienten y aceptan constituirse en codeudores solidarios para el pago del IVA diferido. O bien boleta bancaria de garantía del comprador a beneficio fiscal que se solicita ante la Tesorería General de la República, por el monto total del IVA de la operación, la que se hará efectiva en el caso que el comprador se atrase en el pago de las cuotas en las fechas y formas señaladas.
- Certificado que acredite la forma de pago del vehículo emitido por la institución financiera o quien haya otorgado el crédito. El certificado debe indicar el monto total del crédito, número de cuotas, monto de las cuotas y entidad que financia el crédito.
En caso de importación directa:
- Copia o fotocopia autorizada por el Banco Central del informe de importación con cobertura diferida, numerado y fechado.
- Certificado de valor de vehículo del Servicio Nacional de Aduanas o del Agente de Aduanas, sobre el monto del valor aduanero y de los gravámenes aduaneros en moneda extranjera o exención arancelaria, en su caso.
- Cuadro de pagos certificado por el banco a través del cual se ha efectuado la operación. Debe indicar las fechas y montos de las cuotas, incluyendo intereses pactados para cada cuota.
Los contribuyentes que hayan obtenido el crédito de instituciones financieras o de empresas que se dediquen habitualmente al financiamiento de importaciones deben adjuntar además los siguientes antecedentes:
- Copia o fotocopia autorizada por el Banco Central del informe de importación, numerado y fechado.
- Certificado de valor de vehículos del Servicio Nacional de Aduanas, sobre el monto del valor aduanero y de los gravámenes aduaneros en moneda extranjera o exención, en su caso.
- Escritura pública u otro documento fehaciente que acredite el crédito y su otorgamiento para los fines de efectuar la importación cuyo impuesto se solicita diferir.
- Cuadro de pagos certificado por la institución financiera o empresa que haya financiado la operación con indicación de las fechas y de los montos de las cuotas, incluyendo los intereses pactados para cada cuota.
Importante: los contribuyentes que hayan realizado importaciones sin recurrir a créditos, solamente deben entregar sólo los documentos de los puntos 1 y 2.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa vigencia varía de acuerdo al número de cuotas solicitadas.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "Realizar pago".
- Una vez en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, haga clic en “Servicios online”.
- Seleccione la opción “Peticiones administrativas y otras solicitudes”.
- Haga clic en "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes" y posteriormente en "Peticiones administrativas"
- Escriba su RUT y clave, y haga clic en "Ingresar". Si no está registrado, cree una cuenta. También puede ingresar con su ClaveÚnica.
- Seleccione la opción "IVA Diferido por importaciones", y complete los datos requeridos.
- Como resultado del trámite solicitará el pago diferido del IVA. La dirección regional correspondiente le notificará la resolución que le autoriza a pagar el IVA en el número de cuotas solicitadas.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, específicamente el artículo 64.
- Resolución Nº 2.301, de 1986.
- Resolución exenta Nº 54, de 2003.
- Circular Nº 50, de 1986.
- Circular Nº 41, de 1987.
- Resolución Nº 1834, de 1988.
- Circular Nº 44, de 1988.