Descripción
Permite el ingreso de proyectos mineros mayores a 5 mil tpm (toneladas por mes) para revisión y pronunciamiento del Sernageomin, en el marco de la normativa legal vigente.
Está dirigido a empresas mineras que deseen explotar, regularizar, actualizar o informar sobre cualquier modificación al proyecto aprobado, que corresponda a:
- Proyectos de métodos de explotación.
- Plantas de procesamiento de minerales.
- Botaderos de estériles y acopios.
- Proyectos de ventilación de minas.
- Proyectos de electrificación de minas.
¿A quién va dirigido?
Conocer másProductores o empresas mineras que extraigan más de 5 mil toneladas al mes de material o procesen más de 5 mil toneladas de mineral al mes.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másSi realiza el trámite en línea, deberá contar con ClaveÚnica y conocer el Código Único del Proyecto (CUP).
Para el trámite en línea y en oficina, debe contar con la siguiente información:
- Nombre, RUT, correo electrónico, teléfono y dirección de la empresa, del representante legal y del proyectista o ingeniero responsable.
- Nombre de la faena y del proyecto.
- Ubicación Geográfica y Política del Proyecto (Coord. PSAD-56 o WGS-84, según corresponda). Coordenadas UTM del área representativa de las instalaciones del proyecto.
- Certificado de dominio vigente de la propiedad minera con vigencia no mayor a 90 días, títulos de tenencia con relación al inmueble de emplazamiento, servidumbre, contrato de arriendo de la propiedad (si corresponde).
- Documentación de representación de sociedad (acta constitución, representación, etc.), si corresponde.
- Resumen ejecutivo del proyecto, capítulo de diseño, construcción y operación del proyecto.
- Plan de minero.
- Planos de co-existencia mina rajo con subterránea.
- Vida útil, producción mensual del proyecto.
- Duración del proyecto (etapa, fase, etc, que se quiera aprobar).
- Análisis geotécnico de las instalaciones (rajos, botaderos, entre otros) y del suelo de fundición (si corresponde), de acuerdo al análisis de riesgo sísmico.
- Copia digital del proyecto firmado por ingeniero de minas o metalurgista, con la documentación técnica para poder resolver y todos sus documentos anexos.
- Estudios técnicos que avalen los diferentes parámetros utilizados en el proyecto.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa vigencia corresponderá a la vida útil del proyecto presentado.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de Serngageomin, haga clic en "he leído y cuento con los requisitos mínimos".
- Escriba su RUT y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene esta clave, solicítela.
- Ingrese el RUT de la empresa que actuará como representante de la solicitud, y haga clic en "siguiente".
- Ingrese el CUP (opcional), y haga clic en "siguiente" y posteriormente en "continuar".
- ingrese los datos solicitados.
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y seleccione "no soy un robot".
- Haga clic en "grabar formulario".
- Como resultado del trámite, habrá presentado el reglamento para obtener la autorización. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo de 30 días hábiles. De ser aprobada su solicitud, se emitirá una resolución que autoriza el método proyectado para la explotación de la mina y el tratamiento de los minerales.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina de Sernageomin.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la aprobación del proyecto minero sobre 5 mil tpm.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la aprobación. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo de 60 días hábiles. De ser aprobada su solicitud se emitirá una resolución que autoriza el método de explotación de la mina. En caso de no encontrarse listo el proyecto para aprobación, podrá emitirse un oficio ordinario con los requerimientos técnico-legales, para obtener la aprobación o una resolución de rechazo, según sea el caso del proyecto.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Decreto Supremo (DS) Nº 132, de 2002, reglamento de seguridad minera.
- Decreto Supremo (DS) Nº 248, de 2007, reglamento para la aprobación de proyectos de diseño, construcción, operación y cierre de los depósitos de relaves.