Descripción
Permite a los productores mineros el ingreso de proyectos mineros menores a 5 mil tpm (toneladas por mes) para su revisión y pronunciamiento por parte del Sernageomin, en base a la normativa legal vigente.
Está dirigido a empresas mineras que deseen explotar, regularizar, actualizar o realizar cualquier modificación al proyecto aprobado, según corresponda:
- Proyectos de métodos de explotación.
- Plantas de procesamiento de minerales.
- Botaderos de estériles y acopios.
- Proyectos de ventilación de minas.
- Proyectos de electrificación de minas.
¿A quién va dirigido?
Conocer másProductores o empresas mineras que extraigan menos de 5 mil toneladas al mes de material o procesen menos de 5 mil toneladas de mineral al mes.
Detalles
Conocer másDe acuerdo con el Reglamento de Seguridad Minera, todo productor minero deberá elaborar y enviar un duplicado del método de explotación de la faena minera al Sernageomin para su aprobación o, en su defecto, cualquier modificación mayor al método aprobado con el que se haya proyectado la explotación de la mina y el tratamiento de los minerales, incluyendo el plan de cierre.
Este proyecto minero se deberá realizar en conformidad a la legislación vigente, en partícular al Decreto Supremo Nº30 publicado en febrero de 2022.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másSi realiza el trámite en línea, deberá contar con ClaveÚnica y conocer el Código Único del Proyecto (CUP). Además, debe ingresar la siguiente información:
- Nombre, RUT, correo electrónico, teléfono y dirección de la empresa.
- Nombre, RUT, correo electrónico, teléfono y dirección del representante legal.
- Nombre, RUT, correo electrónico, teléfono y dirección del proyectista o ingeniero responsable.
- Nombre de la faena y del proyecto.
- Ubicación geográfica y política del proyecto (Coord. PSAD-56 o WGS-84, según corresponda).
- Certificado dominio vigente.
- Servidumbre.
- Contrato de arriendo (si corresponde).
- Documentación representación de sociedad (acta constitución, representación, entre otros) (si corresponde).
- Copia digital del proyecto firmado por ingeniero de minas, con la documentación técnica para poder resolver y todos sus documentos anexos.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másLa resolución aprobatoria se mantiene vigente en forma indefinida mientras el proyecto no modifique su método de explotación.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en "ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de Sernageomin, haga clic en "he leído y cuento con los requerimientos mínimos".
- Escriba su RUT y ClaveÚnica, y haga clic en "autenticar". Si no tiene esta clave, solicítela.
- Ingrese el RUT de la empresa que actuará como representante de la solicitud, y haga clic en "siguiente".
- Ingrese el CUP (opcional), y haga clic en "siguiente" y posteriormente en "continuar".
- ingrese los datos solicitados.
- Complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y seleccione "no soy un robot".
- Haga clic en "grabar formulario".
- Como resultado del trámite, habrá presentado el reglamento para obtener la autorización. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo de 30 días hábiles. De ser aprobada su solicitud se emitirá una resolución que autoriza el método proyectado para la explotación de la mina y el tratamiento de los minerales.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina de Sernageomin.
- Explique el motivo de su visita.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la aprobación. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo de 60 días hábiles. De ser aprobada su solicitud, se emitirá una resolución que autoriza el método de explotación de la mina y el tratamiento de los minerales.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto Supremo (DS) Nº 30, que modifica Decreto Supremo (DS) Nº 132, de 2002, del Ministerio de Minería, que aprueba reglamento de seguridad minera.