Descripción
Permite solicitar un permiso para hacer un viaje internacional de pasajeros en circuito cerrado entre Chile y Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Perú, Uruguay, y/o entre dos puntos de Chile, a través de territorio argentino.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Personas naturales.
- Personas jurídicas: representante legal de la empresa o representante con poder notarial.
Importante: si realiza el trámite en línea, deberá tener ClaveÚnica.
Detalles
Conocer más- El vehículo, dentro de las fechas indicadas, debe transportar al mismo grupo de turistas de ida y regreso.
- Según lo acordado entre Chile y Argentina, y entre Chile y Uruguay, podrá solicitar el cambio del vehículo autorizado si no puede continuar el viaje por fallas mecánicas. El reemplazo solo podrá ser por otro de propiedad de la empresa autorizada, y tendrá que informar las razones del reemplazo a las autoridades fronterizas competentes. El vehículo, una vez reparado, deberá retornar al país de origen sin pasajeros.
- En caso de viajes hacia Argentina, el vehículo que reemplaza al autorizado, también podrá ser arrendado. Para ello, deberá existir un contrato conforme a la legislación vigente en el país donde se realice esta operación, el cual será verificado por una autoridad local e informado al país de origen del propietario o propietaria.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Certificado de revisión técnica o fotocopia autorizada por notario o notaria. El documento debe estar vigente dentro del período por el cual se solicita el permiso, además, debe informar si el vehículo es de categoría pullman.
- Certificado de anotaciones del vehículo emitido con fecha no superior a 30 días a la presentación de la solicitud.
- Contrato de transporte o fotocopia autorizada por notario o notaria si el grupo a trasladar pertenece a una institución religiosa, educacional, sindical, deportiva o similar, y cuando el vehículo no sea categoría pullman.
- Copia notarial de la autorización de salida del país, si los vehículos a utilizar se encuentren bajo un contrato de arrendamiento mercantil con opción de compra (leasing).
- Póliza de seguros contratada por el período que dure el viaje.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “Ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de la Subsecretaría de Transportes, ingrese su RUN y escriba su ClaveÚnica, y haga clic en “Continuar”. Si no la tiene, solicítela.
- Haga clic en “Inicio”. Posteriormente, en la sección transporte internacional, seleccione “Ver más”.
- Haga clic en “Permiso para efectuar viaje ocasional de circuito cerrado de pasajeros”, y luego en “Iniciar trámite”.
- Seleccione si es persona o empresa.
- Complete los datos solicitados, y haga clic en “Aceptar”.
- Como resultado del trámite, habrá presentado su solicitud. Después de tres días hábiles de presentado su requerimiento, y si no hay observaciones a los antecedentes, se otorgará el permiso solicitado.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- En la región Metropolitana, diríjase a la oficina del Departamento de Asuntos Internacionales del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ubicado en Amunátegui 139, Santiago. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. En caso de regiones, debe acercarse a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones (Seremitt) correspondiente a su domicilio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar un viaje ocasional de circuito cerrado de transporte internacional terrestre.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá presentado su solicitud. Después de tres días hábiles de presentado su requerimiento, y si no hay observaciones a los antecedentes, se otorgará el permiso solicitado.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT), suscrito por Argentina, Brasil, Bolivia, Paraguay, Perú y Uruguay, además de Chile, y promulgado mediante Decreto Supremo (DS) Nº 257, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Decreto Supremo (DS) Nº 163, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- Convenio Chileno - Argentino de Transporte Terrestre en tránsito para vincular dos puntos en un mismo país.