Descripción
Si eres una persona usuaria de una ISAPRE, puedes generar, en algunos casos, dineros por una cotización de salud previsional mayor a la que corresponde. Estos dineros se conocen como excedentes y excesos. Los excedentes pueden ser utilizados, por ejemplo, para la compra de bonos y medicamentos, cubrir las cotizaciones en caso de cesantía del trabajador o trabajadora, pagar cotizaciones adicionales voluntarias, entre otros.
Las ISAPRES deben notificar y devolver anualmente a sus afiliados y afiliadas el saldo acumulado en sus cuentas individuales de excedentes de cotización.
En el caso de los y las cotizantes de Fonasa, solo generan cotizaciones pagadas en exceso, dinero que puede ser solicitado dos veces al año.
Revisa la propuesta de devolución de excesos de Fonasa.
Conoce qué son los excedentes
Conocer másCorresponde a un monto de dinero a favor de la persona afiliada a una ISAPRE, que se genera cuando la cotización obligatoria del 7% para salud supera el valor del plan contratado.
Por ejemplo, si tu 7% corresponde a 4 Unidades de Fomento (UF) y el valor de tu plan es de 3,8 UF, se produce un excedente de 0,2 UF.
¿Cómo utilizar los excedentes?
Puedes usar los excedentes para fines estrictamente médicos. Por ejemplo, para:
- Pagar cotizaciones en caso de cesantía.
- Cancelar un bono de atención médica.
- Financiar prestaciones de salud que no cubre el plan contratado.
- Pagar cuotas de un préstamo de salud otorgado por una ISAPRE.
- Cubrir cotizaciones adicionales de salud.
- Financiar un plan de salud, mientras tramita la jubilación.
- Comprar medicamentos en farmacias asociadas.
Revisa cómo se devuelven los excedentes
Conocer másDesde el 2020, las ISAPRES comenzaron a devolver anualmente a sus afiliados y afiliadas el saldo acumulado de sus cuentas individuales de excedentes de cotización. Esta devolución debe realizarse a todas las personas afiliadas que mantengan excedentes al 31 de diciembre de cada año.
La circular IF/Nº 344 de la Superintendencia de Salud instruyó a las ISAPRES a cumplir este proceso cada año.
En el caso de que los montos sean inferiores a 0,08 UF, la ISAPRE debe informar a sus afiliados y afiliadas sobre la posibilidad de retirarlos personalmente en sus dependencias o cobrarlos a través de los respectivos sitios web. En caso de que los excesos superen el monto señalado, se devolverán de manera automática a través de cheques, vales vista o transferencias bancarias.
Durante el proceso, las ISAPRES tienen la obligación de informar, a través de sus plataformas digitales, la cantidad de excedentes de cada usuario y usuaria.
La Ley N° 21.674, conocida como "Ley corta", no eliminó la posibilidad de que existan excedentes. Estos se pueden seguir generando por distintas situaciones, por ejemplo: si se retiran cargas, si hay un incremento en la remuneración y el 7% de salud aumenta, si se recibe un bono de desempeño, siempre podrán generarse excedentes hasta por un 5% de la cotización legal obligatoria.
Para verificar si tienes excedentes, consulta directamente en tu ISAPRE.
Obtén información sobre los excesos
Conocer másLos excesos se pueden producir por las siguientes causas:
- Los trabajadores o trabajadoras pagaron cotizaciones sobre el 7% de su remuneración, cuyo tope legal es de 84,3 Unidades de Fomento (UF) para el 2024.
- Los empleadores o empleadoras, por error, pagaron dos veces las cotizaciones de sus trabajadores y trabajadoras en un mismo período.
¿Se pueden devolver los excesos?
Sí. Los excesos exclusivamente deben ser devueltos en forma de dinero a los beneficiarios y beneficiarias, y no a través de prestaciones médicas.
Consulta quiénes generan excesos
Conocer másPersonas afiliadas a ISAPRE:
Si en algún mes del año cotizaste más de tu 7% pactado, producto de gratificaciones, errores en los descuentos, aumento de sueldo, entre otros, debes dirigirte a tu Isapre, y presentar dos copias de tus liquidaciones de sueldo.
Los excesos acumulados al 31 de diciembre del año anterior se cancelan a partir de abril del año en curso.
Personas afiliadas a Fonasa:
El exceso se puede producir por múltiples causales, pero para efectos de la devolución del proceso masivo (a través de Internet) se consideran las siguientes:
- Los trabajadores o trabajadoras pagaron cotizaciones sobre el tope imponible.
- Los empleadores o empleadoras, por error, realizaron un doble pago idéntico (considerando un mismo período, trabajador, empleador, renta, y monto de cotización) en dos planillas con número de serie diferente.
Obtén más información sobre cómo solicitar la devolución masiva en línea de cotizaciones de salud pagadas en exceso a Fonasa.
Lee más detalles
Conocer más- Ley Fácil, Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN).
- Excedentes de cotización.
- Circular IF/Nº 344 de diciembre de 2019, que imparte instrucciones sobre devolución anual de excedentes de cotización de salud.
- Ley Nº 21.173.
- Exceso de cotización.
- Sobre mantención de tope imponible año 2021 para 2022.
- Ley N° 21.674.