Descripción
Permite designar a uno de los progenitores como beneficiario del 100% de la rebaja de impuestos por gastos en educación. En caso contrario, el monto total del beneficio se dividirá en partes iguales entre ambos padres.
Los y las contribuyentes, en su declaración anual de renta correspondiente a 2024, podrán utilizar como crédito de impuestos por gastos en educación la cantidad de 4,4 Unidades de Fomento (UF) por cada hijo o hija, equivalentes a $161.873 (valor UF al 31 de diciembre de 2023).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales, padres y/o madres, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que la suma anual de las rentas totales no exceda la cantidad equivalente a 792 Unidades de Fomento (UF) (equivalentes a $29.137.173). Si en conjunto exceden dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho al citado descuento.
- Tener uno o más hijos menores de 25 años al 31 de diciembre de 2023, que cuenten con un certificado de matrícula emitido por una institución de enseñanza pre-escolar, básica, diferencial o media, reconocida por el Estado.
- Que el alumno tenga un mínimo de asistencia del 85%, salvo impedimento justificado o casos de fuerza mayor (condiciones especificadas en el reglamento del Ministerio de Educación).
Importante: si solo uno de los padres recibe rentas afectas a impuesto tendrá derecho al 100% del crédito. En el caso de que ambos padres reciban rentas afectas a impuesto, cada uno tendrá derecho al 50% del crédito, a menos que ceda su parte a su cónyuge.
Detalles
Conocer másSi enviaste tu declaración jurada de cesión y también tu declaración de renta y, posteriormente, te das cuenta de un error en la cesión (por ejemplo, cediste tu 50% y era a ti a quien le debían ceder), las partes involucradas deben rechazar la cesión mal realizada y efectuar la que corresponde.
Luego, reemplaza la declaración de renta enviada, verificando si estás usando el crédito por educación, en un 50%, en un 100%, o no usas el crédito educacional, específicamente en la línea 41 (código 895) de la declaración anual a la renta F22 del año tributario 2024 (crédito por gastos en educación).
Ingresa al simulador del beneficio por gastos en educación, que te permitirá verificar si puedes postular al beneficio y saber cuál es el monto de descuento al que puedes acceder.
Importante: el establecimiento educacional, debe presentar la declaración jurada 1904, en la que informa a los hijos estudiantes.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másNo es necesario ningún documento.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Artículo 55 ter del Decreto Ley (DL) Nº 824, que aprueba texto que indica de la ley sobre impuesto a la renta.
- Circular Nº 6, del 28 de enero de 2013.
- Instrucciones Formulario 22 año tributario 2024.