Depósito y aviso de inicio de investigación del empleador (Ley Karin)

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Descripción

Si eres empleadora o empleador, en el contexto de la Ley Karin, podrás realizar las siguientes acciones:

  • Depositar la investigación: solicita a la Dirección del Trabajo (DT) el pronunciamiento respecto a la investigación realizada; la congruencia entre el informe y las conclusiones de la investigación. Las respuestas podrán ser con o sin observaciones.
  • Avisar el inicio de investigación: informa a la DT que iniciará una investigación por Ley Karin.

Para más información, revisa la guía rápida del trámite y lee las preguntas frecuentes.

Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web de la DT.

Para realizar el trámite, ingresa al sitio web de la DT con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.

Importante:

  • Si eres empleadora o empleador constituido como persona jurídica, debes tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT
  • Podrás adjuntar documentos de respaldo en formatos PDF, JPG, DOC o similares (peso máximo de 50 MB).
  • Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • Ley N° 21.643, de 2024, sobre la Ley Karin.
  • Decreto N° 21, de 2024, sobre el reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo.

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Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

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