Solicitar la declaración de admisión o salida temporal de efectos (pertenencias) de turistas

Última actualización:

Descripción

Permite a viajeros o viajeras y turistas ingresar o sacar del país mercancías (efectos) que no están consideradas dentro del concepto de equipaje y que, por su cantidad y naturaleza, hacen presumir que no serán comercializadas.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web de Aduana. También en las oficinas de las Direcciones Regionales, Administraciones de Aduanas o pasos fronterizos.

Turistas, viajeros o viajeras.

Importante:

  • La mercancía sujeta a este régimen no deben encontrarse incluidas en el concepto de equipaje otorgado en la resolución exenta Nº 309.
  • Las mercancias deben ser adecuadas al uso o necesidades del turista, tales como objetos nuevos de uso exclusivo de profesiones u oficios, notebook nuevos o usados, equipos profesionales de televisión nuevos, cámaras digitales de alto valor, artículos de deportes nuevos, entre otros.

Para solicitud de declaración de admisión temporal de efectos de turistas (DATET):

  • Pasaporte emitido por el país respectivo. 
  • En el caso de chilenos que residan en el extranjero, además deberán presentar el documento de residencia emitido por el  país en donde viven.

Para solicitud de declaración de salida temporal de efectos de turistas (DSTET):

  • Cédula de identidad vigente y/o pasaporte.

Importante: en ambos casos se debe tener conocimiento acabado de la mercancía sujeta a ser ingresada o sacada, es decir, marca, color, modelo, entre otros.

  • Aprobada la solicitud de declaración de admisión temporal, el plazo de vigencia para retornar la mercancíaes de hasta 90 días corridos desde su fecha de ingreso al país, prorrogable con justificación, hasta el mismo plazo original.
  • Aprobada la solicitud de declaración de salida temporal, el plazo de vigencia para retornar la mercancía amparada por la declaración es de 180 días corridos desde su fecha de salida efectiva del país, prorrogable con justificación, hasta por el mismo plazo original.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en "Solicitar la declaración".
  3. Una vez en el sitio web de la institución, seleccione la opción de ingreso o salida, según corresponda.
  4. Complete los datos requeridos, y haga clic en "Guardar".
  5. Como resultado del trámite, habrá ingresado la solicitud la cual deberá ser evaluada y aprobada por Aduana. Si no es aprobado el trámite, podrá realizar una nueva solicitud.

Importante: en el control aduanero por el cual ingrese o saque la mercancía, deberá presentar la solicitud impresa, en el último estado (aceptada, pendiente o rechazada).

- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a alguna de las oficinas de aduana o paso fronterizo.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar permiso de admisión o salida temporal de pertenencias de turistas.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización de salida o permanencia de turistas. Obtendrá respuesta de forma inmediata.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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