Descripción
Estas boletas (BTE) son emitidas por contribuyentes que realizan actividades de primera categoría, definidas por la Ley de Renta, que han contratado servicios de personas que no han iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Conoce más detalles
Conocer másLa emisión de este tipo de boletas se puede realizar a través de dos métodos, que deberán utilizarse de acuerdo con las necesidades y volúmenes de emisión de los y las contribuyentes:
- Emisor individual: emite documentos uno a uno.
- Emisor masivo: opera previa autorización otorgada por el SII mediante resolución. Esta forma de emisión está indicada para aquellos contribuyentes que mensualmente reciben servicios de una gran cantidad de personas diferentes, cuya remuneración se documenta con boletas de prestación de servicios de terceros.
El trámite en línea cuenta, además, con diferentes opciones que facilitan su realización:
- Emitir BTE por contribuyente.
- Consulta de BTE recibidas.
- Consulta de BTE emitidas.
- Anulación de BTE.
Emite una boleta
Conocer másIngresa al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) con tu RUT y clave tributaria. Si no estás registrado, crea una cuenta. También puedes acceder con ClaveÚnica.
Podrás emitir, consultar o anular una boleta de prestación de servicios de terceros electrónica.
Lee el marco legal
Conocer másResolución Exenta SII Nº 112 del 22 de diciembre del 2004, que instruye sobre la emisión y uso de boletas de prestaciones de servicios de terceros electrónicas.