Aprobación de proyectos de modificación de cauces naturales o artificiales

Última actualización:

Descripción

La Dirección General de Aguas (DGA) es la institución que aprueba o desaprueba los proyectos de modificación de cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras públicas, urbanizaciones, edificaciones, entre otros.

Presenta tu solicitud (durante todo el año) en las oficinas provinciales, regionales o en el sitio web de la Dirección General de Aguas (DGA).

Revisa la guía para la presentación de los documentos.

Importante:

  • El trámite lo puede realizar el o la representante del titular, por medio de un poder notarial.
  • Los documentos adjuntos no deben superar los 10 MB. En caso de que sean superior, comparte un enlace donde se encuentren los archivos almacenados en línea. 

El trámite no tiene costo. Sin embargo, tendrás que financiar la difusión radial y la visita al terreno para constatar la existencia del recurso y la ubicación real del nuevo punto.

Declarada admisible tu solicitud, tienes un plazo máximo de 30 días hábiles (contados desde la fecha en que se declaró la admisibilidad) para publicarla en los siguientes medios:

  • Diario Oficial: por una sola vez, los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si fue feriado.
  • Aviso radial: difundir los días 1 o 15 de cada mes, o el primer día hábil inmediato si aquellos fueren feriados.

Los avisos radiales deben ser difundidos al menos tres veces (entre las 8:00 y las 20:00 horas) en alguna de las radioemisoras que figuren en la lista de concesiones vigentes (radioemisoras) de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que presten servicio en el sector o los sectores que involucren el punto o los puntos de la respectiva solicitud. Si no existen emisoras que tengan cobertura en la zona de captación, se deberá comunicar en una radioemisora de la capital provincial o provincias respectivas.
En un plazo de 15 días contados desde la fecha de la última publicación, los interesados y las interesadas deberán ingresar directamente en la oficina de la DGA o en el sitio web institucional lo siguiente:

  • Copia o impresión de la publicación realizada en el Diario Oficial.
  • El certificado de difusión radial suscrito por el o la representante legal de la radioemisora correspondiente, indicando la hora, día, mes y año de cada emisión.

Importante: los terceros que se vean afectados podrán deducir oposiciones, hasta treinta días hábiles después de realizada la última publicación.

Importante: para aprobar el cambio del punto de captación y/o restitución, la DGA realizará una inspección en terreno con el fin de constatar la existencia del recurso y verificar la ubicación precisa del pozo, la que será de costo del interesado. Si cumple con la normativa, la DGA dictará la resolución.

Si necesitas más información, llama al teléfono del Departamento Información de Recursos Hídricos (DIRH) de la DGA, +56 2 2449 4000, opción 4, o ingresa tu consulta a través del Sistema de Información y Atención Ciudadana (SIAC)

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
1195

Los usuarios también visitaron

Informe sanitario para la instalación, ampliación o traslado de establecimientos industriales o comerciales

Trámite en línea

Como persona natural o jurídica en proceso de tramitación de un permiso municipal, solicita a la Sec...

Otorgamiento o ampliación de una concesión sanitaria

Permite solicitar el otorgamiento o ampliación de una concesión sanitaria, para así otorgar los serv...

Cambio del punto de captación y/o restitución de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas

La Dirección General de Aguas (DGA) te entrega la autorización para cambiar un punto de captación y/...