Cobro de excedentes de prendas rematadas

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Descripción

Permite a las personas que dejaron una prenda en garantía, que fue subastada, solicitar el pago del excedente generado a la Dirección General de Crédito Prendario (DICREP). El excedente es la diferencia que se genera entre el valor mínimo de remate y el valor de la prenda subastada.

El pago se puede solicitar a través de la CuentaRUT, o directamente en las sucursales de la Dirección General del Crédito Prendario, DICREP (ver las excepciones de la región Metropolitana en el paso a paso en oficina).

Personas cuya prenda dejada en garantía fue subastada y generó excedentes, los que pueden ser cobrados solo por el titular de la póliza o sus endosatarios. 

Consulte si es beneficiario de excedentes a través de:

  • Cédula de identidad vigente o pasaporte.
  • Posesión efectiva de los herederos o herederas, si la persona que empeñó la prenda falleció.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Haga clic en "Consultar excedentes".
  2. Una vez en el sitio web de la DICREP, escriba su RUT, y haga clic en "Buscar".
  3. El sistema le mostrará si posee excedentes. Si el monto es mayor a $1.000 y menor o igual a $2.000.000, puede solicitar el depósito en su CuentaRUT.
  4. Verifique y/o complete los datos requeridos, acepte los términos y condiciones, y haga clic en "Aceptar".
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado el excedente, el que será depositado en su CuentaRUT, en un período no superior a 72 horas hábiles, desde que realizó el trámite.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Consulte si registra excedentes de prendas rematadas, a través de los siguientes medios:
  2. Reúna los antecedentes requeridos.
  3. Diríjase a una sucursal de la Dirección General de Crédito Prendario (DICREP). En la región Metropolitana el beneficio solo puede solicitarlo en la oficina donde pidió el préstamo y se produjo el remate, es decir:
  4. Explique el motivo de su visita: cobrar el excedente de una prenda rematada.
  5. Entregue los antecedentes requeridos.
  6. Como resultado del trámite, habrá solicitado el excedente, el que podrá cobrar de inmediato en una caja de la DICREP.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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