Ley Patente Cero

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Descripción

La Ley Patente Cero (Ley Nº 21.539) es una normativa que impide a los vehículos cero kilómetros transitar sin su Placa Patente Única (PPU) definitiva y endurece las sanciones contra los conductores y conductoras que manejan sin esta certificación.

De esta forma, se elimina la excepción de la Ley de Tránsito (Ley Nº 18.290), que permitía que los vehículos nuevos circularan sin su patente por un tiempo máximo de cinco días.

Los conductores y conductoras que circulen con vehículos que no cuenten con su placa patente serán multados por una falta gravísima.

Las comercializadoras de vehículos que incumplan con la obligación de entregar los vehículos con las placas patentes instaladas serán sancionadas con una multa de 10 a 50 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

  • La ley establece que todo vehículo motorizado nuevo que se comercialice en el país deberá ser entregado por parte de los comercializadores con sus placas patentes únicas instaladas.
  • Los vehículos nuevos que tengan un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, quedarán eximidos de la Ley Patente Cero.

La Ley Patente Cero considera la masiva comercialización de motocicletas de baja cilindrada, que no se encuentran homologadas ni cuentan con revisión técnica.

Los conductores tenían un plazo de 12 meses desde la entrada en vigencia de la nueva ley (13 de febrero de 2023) para solicitar la homologación en el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) o en las Plantas de Revisión Técnica (PRTs). 

Quienes circulen sin contar con el certificado de homologación individual, de revisión técnica vigente o sin placa patente, con posterioridad al plazo indicado, serán sancionados de acuerdo con la Ley N° 18.290.

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