Descripción
Permite a las y los dueños o consignatarios de mercancías que se encuentran almacenadas en un recinto de depósito aduanero, bajo la jurisdicción de la Aduana, cederlas a beneficio del Estado para que sean incluidas en las subastas aduaneras.
Para acceder al beneficio, la mercancía no debe estar sujeta a multas o penas de cualquier especie.
¿A quién va dirigido?
Conocer másInteresados en abandonar la propiedad de una mercancía en favor del fisco.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud dirigida al director regional o administrador de aduana.
- Formulario de solicitud de abandono de mercancías, identificando las mercancías y el recinto de depósito, el que será provisto por la Aduana.
- Acreditar propiedad de la mercancía, mediante conocimiento de embarque o documento de transporte a nombre del solicitante.
- Certificado del encargado del recinto de depósito respecto a condiciones de las mercancías.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Aduana que tiene la mercancía en su jurisdicción.
- Explique el motivo de su visita: solicitar autorización de abandono de mercancía a beneficio fiscal.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo aproximado de cinco días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.