Descripción
Permite solicitar el cálculo de la pensión de alimentos adeudada, autorización para comparecer personalmente en ese caso y solicitar conversión del monto de la pensión de alimentos a Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas que tengan causas de alimentos reguladas ante juzgados de familia.
Detalles
Conocer másEl envío del escrito de solicitud de liquidación de pensión de alimentos no significa que el cálculo haya sido aprobado. La aprobación se realizará si después de tres días hábiles desde su notificación ninguna de las partes manifiesta disconformidad con ella.
Revise su causa de familia para conocer la respuesta del tribunal. Para hacerlo, siga los pasos de la consulta de causas.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Debe existir una causa judicial de alimentos tramitada ante un juzgado de familia.
- Si realiza el trámite en línea, puede hacerlo con su ClaveÚnica. También puede ingresar con Clave del Poder Judicial o con los datos de su cédula de identidad.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "solicitar liquidación de alimentos".
- Una vez en el sitio web del Poder Judicial, en la sección "solicita liquidación de alimentos", seleccione la forma de ingreso:
- ClaveÚnica: escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "continuar". Si no la tiene, solicítela.
- Clave Poder Judicial: escriba su RUT sin puntos ni dígito verificador y contraseña, y haga clic en "ingresar".
- Cédula de identidad: escriba su RUT y número de serie, y haga clic en "ingresar".
- Seleccione la causa en la necesita solicitar la liquidación de alimentos.
- Complete la información solicitada en el paso número tres, y haga clic en "enviar".
- Como resultado de trámite, habrá solicitado una liquidación de pensión de alimentos, autorización para comparecer personalmente en ese acto y solicitar conversión del monto de la pensión de alimentos a Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.