Presentar una queja contra un funcionario del Servicio de Impuestos Internos (SII) ante la Defensoría del Contribuyente

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Descripción

Si eres una persona natural o jurídica, ingresa ante la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) una queja en contra de uno o más funcionarios o funcionarias del Servicio de Impuestos Internos (SII) si estimas que  vulneraron la ley o tus derechos como contribuyente a través de un acto administrativo, acción u omisión.

No debes estar formalizada, acusada o cumpliendo condena por un delito tributario.

Presenta una queja durante todo el año en el sitio web de la Defensoría del Contribuyente, en una sucursal ChileAtiende o por videoatención.
  • Copia del documento del Servicio de Impuestos Internos (SII) que vulnera la ley o tus derechos.
  • Si se trata de una omisión, bastará con la descripción de los hechos.

 

Accede al sitio web de la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) para presentar una queja. Necesitarás tu ClaveÚnica o Clave Tributaria.

También puedes hacerlo en una sucursal ChileAtiende o solicitar una videoatención.

Si no tienes clara tu solicitud, completa el formulario

Importante

  • El trámite no tiene costo. 
  • La Defensoría podrá solicitarte documentos o información adicional para evaluar el caso. Una vez que cuente con todos los antecedentes, y si corresponde la queja, te enviará una resolución admitiendo a tramitación la queja. En caso contrario, se pondrá término al servicio.
  • Una vez lista, la Defensoría solicitará un informe a los funcionarios y funcionarias del SII que corresponda, quienes deberán responder exponiendo los fundamentos jurídicos y de hecho que dieron lugar a la acción u omisión denunciada.
  • Cuando la Defensoría verifique que se vulneraron tus derechos, emitirá una recomendación con las medidas que deberían ser adoptadas por los funcionarios y funcionarias del SII para resguardar la ley o tus derechos como contribuyente.
  • Si las medidas son adoptadas, los funcionarios y funcionarias del SII tendrán que acreditar que lo hicieron. Si no aceptan las recomendaciones o no las ratifican, la Defensoría las publicará en su sitio web. Si la vulneración es calificada como grave, reiterada o potencialmente aplicable a un número considerable de contribuyentes, se publicará en el Diario Oficial u otro medio de comunicación masivo.  

Si necesitas más información, lee la Ley Nº 21.210 que moderniza la legislación tributaria, en particular el artículo vigésimo tercero.

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