Descripción
Si eres una empleadora o empleador, cumple con la obligación de registrar un anexo del contrato suscrito con una trabajadora o trabajador en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT).
Importante:
- El anexo de contrato de trabajo debes registrarlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la suscripción.
- Para registrar el anexo, es necesario que el contrato también lo esté en el sitio web de la DT.
Revisa los antecedentes y documentos
Conocer másPara realizar el trámite debes contar con:
- Contrato de trabajo registrado en el sitio web de la DT.
- Anexo de contrato de trabajo firmado por ambas partes (persona trabajadora y empleadora).
- Como empleadora o empleador (persona jurídica), debes tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
Registra un anexo de contrato
Conocer másPara realizar el trámite, tu representante legal (el cual tiene que estar habilitado en el portal) debe ingresar al portal Mi DT con su ClaveÚnica.
Deberá seleccionar el perfil "Empleador", luego hacer clic en "Registro electrónico laboral" y "Registro de anexo de contrato de trabajo". Para finalizar, tiene que seguir los pasos que le indique el sistema.
Obtén más información
Conocer másSi tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):
- Ingresa tu consulta a través del Sistema Único de Atención Ciudadana.
- Llama al canal de atención telefónica al 600 450 4000. Revisa el horario de atención.
Lee el marco legal
Conocer más- Artículo 9 bis del Código del Trabajo.
- Decreto Supremo (DS) N° 14, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.