Descripción
Permite al empleador o empleadora cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) un anexo del contrato de trabajo suscrito con un trabajador o trabajadora.
Importante:
- El anexo de contrato de trabajo se debe registrar en el sitio web Mi DT dentro de los 15 días hábiles siguientes a su suscripción.
- Para registrar el anexo de contrato es necesario que el contrato esté registrado en el sitio web de la DT.
- La obligación de registrar el anexo de contrato rige a contar del 8 de junio de 2023.
¿A quién va dirigido?
Conocer másEmpleadores y empleadoras.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Contrato de trabajo registrado en el sitio web de la DT.
- Anexo de contrato de trabajo firmado por ambas partes.
- El empleador (persona jurídica) debe tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
- Tener ClaveÚnica.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en “Registrar el anexo de un contrato”.
- Haga clic en “Iniciar sesión”.
- Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”. Si no la tiene, solicítela.
- Ingrese al perfil “Empleador”, y actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT.
- Haga clic en “Registro electrónico laboral” y luego en “Registro de anexo de contrato de trabajo”.
- Modifique la información que desea actualizar (identificación de las partes, funciones y lugar de prestación de los servicios, remuneraciones y jornada de trabajo, entre otras estipulaciones).
- Haga clic en “Finalizar”.
- El contrato de trabajo quedará actualizado y en estado vigente.
- Como resultado del trámite, habrá registrado el anexo del contrato de trabajo. Recibirá la confirmación del registro en su correo electrónico y podrá descargar el comprobante desde el portal Mi DT.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Artículos 9 bis 10 del Código del Trabajo.
- Decreto Supremo (DS) Nº 14, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.