Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Última actualización: 10 de julio, 2024

Descripción

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos es un registro electrónico que tiene por objetivo coordinar diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos. Es de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro).

El Servicio de Registro Civil e Identificación es la institución a cargo de este registro.

La consulta en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos está dirigida para las personas habilitadas y que tengan ClaveÚnica.

¿Qué es el registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
¿Quiénes son las personas inscritas en el registro?
¿Quiénes pueden consultar el registro?
¿Qué contiene el registro?
¿Cuáles son las funciones del Servicio de Registro Civil e Identificación respecto del registro de deudores?
¿Quién hace la inscripción en el registro?
¿Cómo se les informará de las inscripciones en el registro y el monto de las deudas alimenticias a las personas deudoras y adeudadas?
¿En qué circunstancias se cancela la inscripción?
¿Qué medidas se pueden adoptar para asegurar el pago de la deuda de quienes figuran en el registro?
¿Cómo se puede resolver un error en el monto de la deuda que figura en el registro?
¿Cómo se relaciona la ley sobre responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos con la que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?
Más información

Es un registro electrónico reservado que contiene a todas aquellas personas que están obligadas al pago de una o varias pensiones de alimentos, y que actualmente son deudoras o se encuentran morosas, según lo determinado por los tribunales de familia.

Las personas que adeuden tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pensiones de alimentos, cuando una resolución judicial así lo ordene.

Este registro es gratuito y pueden consultarlo con ClaveÚnica solo las personas habilitadas:

  • Deudor o deudora de alimentos.
  • Personas beneficiadas de los mismos o su representante legal.

Además, podrán consultarlo:

  • Los tribunales de familia con competencia en asuntos de familia.
  • Órganos de la administración del Estado y entidades públicas.
  • Toda otra persona o entidad con obligación de consulta según lo determine la ley.

El registro contiene la siguiente información:

  • Nombre completo de la persona deudora.
  • Número de cédula de identidad o documento de identificación correspondiente.
  • Número de alimentarios afectados o afectadas.
  • Monto actualizado de la deuda.
  • Cantidad de cuotas adeudadas.
  • Individualización del tribunal que fijó o aprobó la pensión.
  • Datos de la cuenta para realizar el pago.

  • Realizar las inscripciones, modificaciones, actualizaciones y cancelaciones en el registro, ordenadas por el tribunal competente en asuntos de familia.
  • Certificar en línea si la persona por la que se consulta tiene inscripciones vigentes en el Registro de Deudores.
  • Los oficiales civiles deberán verificar e informar a las partes si existe o no deuda vigente al momento de celebrar actos o contratos (por ejemplo, en la manifestación de matrimonio).

El tribunal competente cada mes, de oficio o a petición de una de las partes del proceso, ordena al Registro Civil inscribir en el registro a la persona deudora.

La resolución del tribunal que ordena la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y la liquidación de deuda se notificarán a las partes interesadas de forma electrónica, y podrán ser objetadas dentro de un plazo de tres días a la causa judicial correspondiente. De este modo, si la persona deudora no objeta o no paga la deuda dentro de dicho plazo, será inscrita en el registro.

Se cancela la inscripción cuando se acredite el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida.

Se pueden determinar las siguientes medidas:

  • Retención de la devolución de impuestos.
  • Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.
  • Si el deudor o deudora vende una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • En el caso de la compraventa de vehículos motorizados, el Servicio de Registro Civil e Identificación solo puede inscribir la transferencia de dominio si se acredita que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados.
  • Se le puede negar la licencia de conducir.
  • No podrán solicitar la emisión ni renovación del pasaporte. En casos calificados, el tribunal podrá autorizar su emisión, pero con una vigencia limitada.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
  • Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
  • Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

Cualquier disconformidad respecto del monto de la deuda alimenticia que figure en el registro u otra información que se considere relevante, debe ser solucionada directamente en el tribunal y en la causa judicial correspondiente.

La ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensión de alimentos y la ley que establece el Registro Nacional de Deudores forman parte de una misma institucionalidad, la cual tiene como objetivo lograr el pago de las pensiones de alimentos en nuestro país. Mientras el Registro Nacional de Deudores crea incentivos para el pago de deudas a través de sanciones a la morosidad, la ley de Responsabilidad Parental establece un mecanismo de pago efectivo de las pensiones de alimentos adeudadas.

Obtenga más información.

  • Ley Nº 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos. 
  • Ley fácil.
  • Preguntas y respuestas sobre el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

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