Autorización para fabricar un producto sometido a control por la Ley de Armas

Última actualización:

Descripción

Permite solicitar a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) la autorización para fabricar productos sometidos a control por la Ley de Armas.

Algunos de estos productos son, por ejemplo: armas de fuego (incluyendo sus partes, repuestos, piezas, etc), explosivos, artificios pirotécnicos y productos químicos, entre otros.

Revise más información.

El trámite se puede realizar durante todo el año a través de las oficinas de la autoridad fiscalizadora.

Fabricantes de armas, explosivos, municiones, fuegos artificiales o sustancias químicas usadas para la fabricación de explosivos que se encuentren registrados. 

Solicitud en duplicado que indique:

  • Número de resolución que autorizó la instalación de la industria e inscripción anual vigente.
  • Lugar de almacenamiento del producto.
  • Documento que señale el artículo que fabricará y proceso, incluyendo el programa de producción mensual y anual.
  • Informe de medidas de seguridad para el empleo y manipulación de estos elementos.
  • Muestras o prototipos de los elementos que se fabricarán o armarán, incluyendo los envases con rotulación.
  • Informe técnico del banco de pruebas de Chile sobre el producto a fabricar.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la autoridad fiscalizadora, dependiente de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la autorización para fabricar productos sometidos a control por la Ley de Armas.
  4. Entregue los antecedentes requeridos, y realice el pago correspondiente.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la resolución que permite al usuario fabricar productos sometidos a control. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 20 días hábiles, siempre y cuando no se requieran nuevos documentos. 
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
1018

Los usuarios también visitaron

Autorización para importar material de uso bélico

Como persona natural o empresa registrada como importadora de material bélico, solicita la autorizac...

Autorización para exportar material de uso bélico

Permite a personas naturales que se encuentren inscritas en el registro nacional de exportadores, im...