Descripción
Es un beneficio económico al que puedes acceder si con tu pareja demuestran 50 años de matrimonio, y cumplen con los requisitos establecidos por la ley.
A partir del 1 de octubre de 2024, el valor del bono es de $445.352 y tiene las siguientes características:
- Se entrega una sola vez en partes iguales ($222.676 para cada cónyuge vivo).
- Debes solicitarlo junto a tu cónyuge.
El monto del bono se reajusta en octubre de cada año en el 100% de la variación que experimente el IPC. Revisa más información.
Revisa quiénes pueden acceder al beneficio
Conocer másCónyuges que:
- No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
- Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
- Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
- Acrediten residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Si enviudaste, tendrás derecho al bono en los siguientes casos:
- Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, tu cónyuge fallece después de esa fecha. Puedes optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
- Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, tu cónyuge fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente, formará parte de tu herencia.
Importante: tu matrimonio podrá haber sido celebrado en Chile o en otro país (artículo 135 del Código Civil). En este último caso, debe estar inscrito en el Registro de la Primera Sección de la Comuna de Santiago (tienen que presentar los antecedentes legalizados al Ministerio de Relaciones Exteriores, institución que verificará la autenticidad de los documentos y los enviará al Conservador del Registro Civil).
Conoce los documentos requeridos
Conocer másOficina:
- Cédula de identidad.
- Poder notarial, si solicitan el bono a través de un apoderado o apoderada.
Videoatención:
- Copia de la cédula de identidad por ambos lados (fotografía digital).
- Si desean recibir el pago en sus cuentas bancarias, tienen que agregar los datos (bancos, además de los tipos y números de sus cuentas) y formalizarlo a través del correo electrónico que les indique el funcionario o funcionaria.
Solicita el bono
Conocer másAntes de pedir el Bono Bodas de Oro, les recomendamos llamar al 101 de ChileAtiende para saber si son beneficiarios.
El bono lo pueden solicitar a través de una videoatención en nuestra Sucursal Virtual. Deben contar con un computador o teléfono con conexión estable a Internet. También en las sucursales ChileAtiende.
Si no es necesaria más información, podrán retirar el monto del bono en un centro de pago o recibir el depósito en la fecha que les indique el ejecutivo o ejecutiva.
Lee el marco legal
Conocer más- Ley Nº 20.506.
- Decreto Nº 4 del Ministerio de Salud, de febrero de 2020, que decreta alerta sanitaria por brote del Coronavirus.
- Artículo Nº 135 del Código Civil.