Descripción
Permite solicitar a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) la inscripción en el registro nacional de deportistas y cazadores y, con ello, el permiso para transportar una mayor cantidad de armas (máximo seis), el cual se extenderá por dos años.
Revise más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer más- Deportistas inscritos en clubes afiliados a federaciones de tiro.
- Cazadores y cazadoras que tengan el permiso de caza mayor y menor vigente, otorgado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Carta dirigida a la autoridad fiscalizadora para solicitar la inscripción en el registro de deportistas y cazadores. Debe incluir: nombres, apellidos, RUN, dirección, correo electrónico y firma.
- Fotocopia (por ambos lados) de la cédula de identidad vigente.
- Certificado del club de tiro, que avale su condición de socio y deportista.
- Permiso de caza menor y mayor otorgado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
- Certificado emitido por la Federación de Tiro para certificar que el club al que pertenece está federado.
- Certificado de antecedentes para fines especiales.
- Declaración jurada simple para acreditar domicilio (solicitar y completar al momento de realizar el trámite).
- Fotografía tamaño carnet, que incluya nombres apellidos y número de RUN para el permiso de transporte.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másDos años para el permiso de transporte.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la autoridad fiscalizadora de Carabineros de Chile.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción en el registro nacional de deportistas y cazadores.
- Entregue los antecedentes requeridos y realice el pago correspondiente.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción, cuya respuesta la autoridad fiscalizadora comunicará por correo electrónico o teléfono en un plazo de 20 días hábiles, siempre y cuando no se requieran nuevos antecedentes.
Marco Legal
Conocer más- Ley Nº 17.798.
- Decreto Nº 83, que aprueba el reglamento complementario de la Ley Nº 17.798 sobre control de armas y elementos similares.