Descripción
Permite a los operadores la inscripción (autorización general) de un vehículo en un servicio que forma parte del Transporte Privado Remunerado de Pasajeros (TTEPRIV), a cargo de la Subsecretaría de Transportes.
¿A quién va dirigido?
Conocer másOperadores de servicios interesados en inscribir (autorización general) un vehículo en un servicio de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros (TTEPRIV).
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAntecedentes de la persona interesada:
- Formulario G de solicitud de permiso general para el servicio de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros (TTEPRIV) firmado por el o la responsable. Si el vehículo es propiedad de un tercero, debe presentar un documento para acreditar la existencia del título que habilita a destinarlo al servicio.
- Si es una persona natural:
- Cédula de identidad vigente y fotocopia por ambos lados.
- Si actúa a través de un mandatario o mandataria: escritura pública del mandato o del poder notarial (incluyendo la copia autorizada), y cédula de identidad del mandatario o mandataria.
- Si es una persona jurídica del tipo “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)”:
- Escritura pública de constitución y/o copia autorizada.
- Inscripción en el Registro de Comercio y/o copia autorizada.
- Extracto de la publicación en el Diario Oficial.
- Certificado de vigencia de la sociedad.
- Certificado de vigencia de los y/o las representantes legales.
- Cédula de identidad de los y/o las representantes.
- Si actúa a través de un mandatario o mandataria: escritura pública del mandato y/o copia autorizada, inscripción del mandato en el Registro de Comercio (incluyendo la copia autorizada), poder notarial y cédula de identidad del mandatario o mandataria.
- Si es persona jurídica del tipo Sociedad Anónima:
- Escritura pública de constitución de la sociedad y/o copia autorizada.
- Certificado de vigencia de la sociedad.
- Certificado de vigencia de los poderes de los y/o las representantes legales.
- Cédula de identidad de los y/o las representantes legales.
- Si actúa a través de un mandatario o mandataria: escritura pública del mandato y/o copia autorizada, poder notarial y cédula de identidad del mandatario o mandataria.
- Si es una persona jurídica acogida a la Ley Nº 20.659, que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales:
- Certificado de vigencia.
- Certificado de estatuto actualizado.
- Certificado de anotaciones de la correspondiente persona jurídica, otorgados según el artículo 29 del Decreto Supremo (DS) Nº 45, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Importante: los documentos no deben haber sido emitidos con más de un mes de anterioridad a su presentación.
Antecedentes de los vehículos:
- Certificado de inscripción y Certificado de Anotaciones Vigentes (CAV) de vehículos motorizados en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). El CAV no será necesario si la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones mantiene contacto en línea con el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil.
- Si se encuentra en proceso de acreditación de propiedad en el Registro Civil, puede acompañar la factura de compraventa más la solicitud de primera inscripción o de transferencia, según corresponda, en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil.
- Si corresponde a un vehículo en leasing, debe presentar el documento que lo acredite y del propietario o propietaria que autoriza al vehículo para prestar el servicio.
- Si corresponde a un vehículo de una comunidad, debe acompañar la escritura pública del mandato de la comunidad y/o el poder notarial de su representante.
- Fotocopia de certificado de revisión técnica. No será necesario si la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones respectiva está en línea con el Sistema de Gestión de Plantas de Revisiones Técnicas (PRT). Si el vehículo es homologado, debe presentar la fotocopia del certificado de homologación de la municipalidad que corresponda.
- Certificado de características o de inspección visual otorgado por una Planta de Revisión Técnica (PRT) que acredite que el vehículo es apto para el tipo de servicio a prestar.
- Cuando se trate de un servicio interurbano debe presentar una fotocopia del documento que acredite que el vehículo tiene instalado y operativo un tacógrafo (ver artículo 17º numeral c del Decreto Supremo 80, de 2004), para cada vehículo de la flota. Los buses que realizan un servicio interurbano deben tener sistemas y dispositivos de seguridad, según lo establecido en el decreto Nº 158, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).
- Si se trata de un servicio de turismo, debe acreditar el giro de la agencia de viajes u operador turístico ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), o la existencia de un contrato con una agencia de turismo u operador turístico, el que debe cumplir con el giro respectivo ante el SII.
- Si la inscripción es para un vehículo distinto a un bus o minibús, debe entregar los antecedentes requeridos, junto a una inscripción visual otorgada por una Planta de Revisión Técnica (PRT) Clase B, de la región donde se inscribirá el vehículo, la cual acredita que el vehículo cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 16º del Decreto Supremo (DS) Nº 80, de 2004, del MTT.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másPor el período que se indica en cada certificado, el que está determinado por la normativa vigente o por resoluciones regionales, según corresponda.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones de la región donde se encuentra inscrito el servicio.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción (autorización general) de un vehículo en un servicio que forma parte del Transporte Privado Remunerado de Pasajeros (TTEPRIV).
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo máximo de 20 días hábiles. De ser aprobada, obtendrá la constancia de autorización, que permite a cada vehículo realizar el servicio de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros (TTEPRIV).
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Envíelos al correo electrónico disponible según la región donde se encuentra inscrito el servicio.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo máximo de 20 días hábiles. De ser aprobada, obtendrá la constancia de autorización, que permite a cada vehículo realizar el servicio de Transporte Privado Remunerado de Pasajeros (TTEPRIV).
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto Supremo (DS) Nº 80, de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.