Colaboración consular en solicitudes de pensiones de gracia para chilenos en el exterior

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Descripción

Si eres una persona chilena residente en el exterior, solicita, en el consulado correspondiente, colaboración en la transferencia de los antecedentes asociados a la solicitud de pensión de gracia.

La pensión de gracia es un beneficio monetario otorgado por el Presidente de la República y las solicitudes son atendidas por el Departamento de Acción Social del Ministerio del Interior.
Solicita colaboración durante todo el año en tu consulado chileno respectivo.
  • Carta dirigida al Presidente de la República, remitida al Palacio de La Moneda, Santiago, con los siguientes datos:
    • Nombre.
    • RUN.
    • Domicilio.
    • Teléfono.
    • Correo electrónico.
  • Fotocopia de la cédula de identidad chilena del solicitante.
  • Informe social con firma y timbre de la entidad correspondiente, acompañado de los antecedentes de respaldo. El informe social se debe gestionar ante la municipalidad donde resides, por una o un asistente social de tu localidad, para posteriormente ser apostillado o cumplir con la cadena de legalización, en aquellos países que no estén adheridos al Convenio de Apostilla.

Acude al consulado chileno respectivo para pedir ayuda en la solicitud de una pensión de gracia.

Importante:

  • El trámite no tiene costo. Sin embargo, deberás consultar en el consulado los costos asociados a la legalización de firmas.
  • El consulado remitirá, a través de valija diplomática, los antecedentes que serán debidamente legalizados (si correspondiera) y derivados al Ministerio del Interior para su evaluación y resolución de la comisión presidencial correspondiente.
  • Las resoluciones y respuestas en relación a la concesión o rechazo del beneficio de pensión de gracia, son comunicadas directamente por el Ministerio del Interior a los propios interesados o postulantes, sin intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores, el que solo actúa como colaborador e intermediario de la documentación oficial requerida para la evaluación de este beneficio.

Ley Nº 18.056, establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República.  

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