Descripción
Si tienes un establecimiento que produce o elabora productos pecuarios de consumo humano (carnes, lácteos u otros procesados), solicita el ingreso al Listado de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP). Una vez adentro, puedes obtener la certificación de exportación de tus productos.
Pueden inscribirse en el LEEPP los almacenes frigoríficos, bodegas de almacenaje, productores industriales y exportadores de alimentos de origen pecuarios.
Revisa la documentación requerida
Conocer más- Autorización de funcionamiento por parte de la Seremi de Salud correspondiente.
- Formulario de solicitud de ingreso al LEEPP.
- Lista de actividades o líneas desarrolladas.
- Aprobar evaluación técnica realizada por los profesionales del Servicio Agrícola y Ganadero. Esta evaluación se realiza mediante pautas técnicas en las cuales consignan los requisitos establecidos mediante las normas nacionales y las propias del SAG.
Solicita la inscripción
Conocer másIngresa al sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con tu ClaveÚnica. Si no tienes, solicítala. Completa la solicitud de inscripción en la Lista de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP). Luego de una evaluación técnica se te informará si esta fue aprobada o rechazada.
También puedes acudir a una oficina del SAG.
Importante:
- El trámite no tiene costo.
- Si tienes consultas, escribe al correo electrónico propec@sag.gob.cl.
- La vigencia de la autorización es reevaluada anualmente y podrá ser revocada si no se mantienen las condiciones que generaron la inscripción.
Obtén más información
Conocer más- Todos los establecimientos de exportación de productos pecuarios que cumplen con las normativas del SAG para exportar deben estar inscritos en el Listado Nacional de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP). En él se consideran los establecimientos donde se producen, faenan, elaboran, preparan, almacenan y/o congelan productos y subproductos pecuarios para consumo humano, destinados a la exportación.
- Este trámite permite obtener una resolución exenta otorgada por el director regional del SAG, que entrega un número de registro. Su obtención permite optar a la habilitación para exportar, si el establecimiento cumple con las exigencias a certificar que requiere el país importador.
Lee el marco legal
Conocer más- Resolución Nº 1.722, de 2017 que establece las condiciones de inscripción en el LEEPP.
- Reglamento Sanitario de los Alimentos, Decreto Supremo Minsal Nº 977, de 1996 y sus modificaciones.
- Resolución Exenta de la Dirección Nacional del SAG Nº 1.045, de 2013.
- Resolución Exenta de la Dirección Nacional del SAG Nº 2.592, de 2003.
- Decreto Supremo (DS) Minagri Nº 94, de 2009 (cuando aplique).