Solicitud de pensión escolar del ISL

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Descripción

Si eres un estudiante y sufriste un accidente con causa o con ocasión de tus estudios o mientras realizabas tu práctica profesional. Y producto de esto se genera una incapacidad igual a superior al 15%.

Solicita la pensión escolar del ISL y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) evaluará tu nivel de incapacidad para asignar la pensión.

Obtén más información.

  • Poder simple si el trámite se realiza una tercera persona.
  • Poder o mandato notarial si la voluntad es que el tercero cobre la pensión de invalidez por accidente escolar.
  • Si el escolar accidentado es menor de 18 años o inválido, incapacitado de administrar sus bienes, y está a cargo de una tercera persona que no es su madre o padre, se deberá acompañar la autorización legal que le otorga el cuidado personal y administración de los bienes.
  • Resolución emitida por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) en la cual se informa el grado de invalidez.
  • Resolución de COMERE o dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social si existen, relacionado con el porcentaje de invalidez.
  • Certificado que acredite la calidad de alumno regular a la fecha de inicio de la incapacidad determinada por la COMPIN.
  • Declaración Individual de Accidente Escolar emitida por el establecimiento escolar.
  • Informe social que acredite tu carencia de recurso evaluado con una incapacidad igual o superior a un 15% e inferior a un 70%, iguales o superiores al monto de la pensión, a la fecha de inicio de la invalidez.

El monto de tu pensión equivale a un sueldo vital, calculado según el Decreto Supremo (DS) Nº 51, de 1982, según el cual, el monto de un sueldo vital mensual equivale a 22,2757% del ingreso mínimo para fines no remuneracionales.

Conoce las vigencias para

  • Si tu incapacidad es igual o superior a un 15% e inferior a un 70%, recibirás una pensión de invalidez escolar de carácter temporal, hasta la fecha en que finalices tus estudios o llegues a recibir ingresos iguales o superiores a ese beneficio.
  • Si tu incapacidad es igual o superior a un 70%, el o la estudiante recibirá una pensión invalidez escolar de carácter vitalicia.
  • La pensión de invalidez por accidente escolar se suspenderá cuando no la cobras durante seis meses.

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