Beneficios asociados a la ley Bono Laboral

Última actualización:

Descripción

Permite a jefes y jefas superiores o la jefatura máxima de los órganos, servicios públicos, municipalidades y universidades estatales, enviar las postulaciones al bono laboral realizadas por los funcionarios y funcionarias de su dependencia a la Tesorería para su análisis y tramitación.

Las entidades deben dictar el acto administrativo que les concede el beneficio, adjuntando los documentos que acrediten que la persona cumple los requisitos para tener derecho, y luego los deben enviar a la oficina de la Tesorería más cercana a su jurisdicción.

Una vez recibidos los antecedentes y verificado el cumplimiento de los requisitos, la Tesorería ordena el pago que se suma a la pensión y que se concreta a través de la AFP o compañía de seguros en la que la persona beneficiaria se encuentra afiliada.

El trámite se puede realizar durante todo el año en oficinas regionales de la Tesorería.

Jefes y jefas superiores de los servicios públicos, rectores y rectoras de las universidades estatales, y alcaldes y alcaldesas.

  • Solicitud de la ley Bono Laboral. Debe contener los datos personales, laborales y previsionales de la persona beneficiaria, además de la fecha y su firma. 
  • Certificado de nacimiento o fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente.
  • Certificado que informa la tasa de reemplazo líquida, emitido por la Superintendencia de Pensiones (SP). 
  • Certificado de afiliación a la AFP o compañía de seguros y liquidación de pago de la pensión actualizada. 
  • Certificado que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2º, Nº 1 sobre la calidad jurídica del funcionario y Nº 2 referido a la antigüedad en el servicio, de la ley Nº 20.305, que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones.
  • Fotocopia del acto administrativo que acredite el cese de funciones.
  • Acto administrativo que concede el bono laboral.

Quienes postulen a la ley Nº 20.305 al amparo de una ley de incentivo al retiro, además deben presentar los siguientes documentos, según corresponda:

  • Fecha de postulación a un cupo de ley de incentivo al retiro correspondiente.
  • Carta de comunicación de la renuncia voluntaria.
  • Copia de la resolución que contiene la nómina de beneficiarios de los cupos del proceso correspondiente.
- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Tesorería General de la República (TGR) correspondiente a la jurisdicción del servicio público.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar el beneficio asociado a la ley Bono Laboral.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado los beneficios de la ley Bono Laboral, el que se pagará a contar del primer día del mes subsiguiente al que se dictó el acto administrativo de concesión del beneficio.

Para más información, llame al 600 4000 444. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 18:30 horas.

- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

¿Necesitas Ayuda?

Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

código de trámite
4420

Los usuarios también visitaron

Pagar multas aplicadas por el Consejo Nacional de Televisión

Trámite en línea

Permite a las empresas concesionarias de servicios de radiodifusión televisa que han sido multadas p...