Descripción
Permite a personas naturales y jurídicas solicitar el pago de un galardón, equivalente al 30% del valor líquido de los bienes denunciados al Fisco que son parte de la herencia de una persona que falleció y no tenía herederos.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que hayan entregado los antecedentes de un bien o derecho dejado por alguna persona fallecida sin herederos, y que cuenten con la calidad de beneficiarios otorgada por el Ministerio de Bienes Nacionales.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAntecedentes requeridos al acreedor:
- Copia del certificado de depósito de la garantía que el denunciante o beneficiario ha debido tramitar previamente ante el ministerio o seremi de Bienes Nacionales.
- En su solicitud deberá señalar la cuenta bancaria del beneficiario para el pago del galardón, indicando:
- Nombre del banco, tipo de cuenta y número.
- Señalar un domicilio en que caso que se requiera para el pago, que contemple los siguientes antecedentes: número, calle, comuna y región.
Importante:
- El beneficiario, persona jurídica o natural, deberá autenticarse con su clave tributaria o ClaveÚnica para solicitar el galardón vía online, ya que la solicitud virtual no se encuentra habilitada para representantes legales o sus mandatarios.
- Se entiende por galardón, la recompensa que se entrega al beneficiario, calificado por el Ministerio de Bienes Nacionales, por denuncia de herencia vacante al Fisco, equivalente al 30% líquido de los bienes respectivos.
- Se denomina denunciante a cualquier persona natural o jurídica que realiza el aviso o denuncia de una herencia vacante en el Ministerio de Bienes Nacionales.
- El pago del galardón se realizará una vez que el ministerio o seremi de Bienes Nacionales, según corresponda, haya enviado a Tesorería la resolución exenta que ordena su pago.
- Consulte el estado de pago del galardón, ingresando aquí con su ClaveÚnica o clave tributaria.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en "Ir al trámite en línea".
- Una vez en el sitio web de Tesorería, haga clic en "Ingresar al trámite".
- Ingrese su ClaveÚnica o clave tributaria.
- Complete el formulario, adjunte los antecentes requeridos y haga clic en "Enviar".
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el pago.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina de la Tesorería General de la República (TGR).
- Explique el motivo de su visita.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el pago, el que se efectuará en un plazo máximo de cinco días hábiles contados desde la solicitud.
Para realizar consultas llame al 600 4000 444. Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
Marco Legal
Conocer más- Decreto Ley (DL) Nº 1.939, de 1977.
- Resolución Nº 1.830, de 2009 del Ministerio de Bienes Nacionales.