Acuerdo de Unión Civil (AUC)

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Descripción

Contrato solemne que permite que dos personas, de distinto o igual sexo y que viven juntas, regularicen los aspectos jurídicos propios de una vida afectiva en común, estable y permanente.

Importante:

  • Quienes celebren el Acuerdo de Unión Civil (AUC) adquieren el estado de convivientes civiles.
  • Entre un o una conviviente civil y las o los consanguíneos de su pareja pasa a existir un lazo legal de parentesco por afinidad. 
  • En la celebración, deberán pactar su régimen de bienes.

Para contraer un Acuerdo de Unión Civil (AUC), con tu futuro o futura conviviente, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años (personas chilenas o extranjeras).
  • Tener libre administración de tus bienes.
  • Mantener una vida afectiva en común.
  • Haber decidido celebrar el acuerdo libre y espontáneamente.

Importante

  • Una mujer (cualquiera sea su edad) puede contraer un nuevo acuerdo, sin que tenga que transcurrir plazo alguno desde la disolución del primero.
  • Si la mujer está embarazada, no necesita esperar el nacimiento de su hijo o hija para contraer un segundo matrimonio o un acuerdo.
¿En qué casos no puedo celebrar el acuerdo?
  • Si eres menor de 18 años (aunque cuentes con la autorización de tus representantes legales).
  • Si estás casado o casada, o tienes un acuerdo vigente con otra persona.
  • Los parientes con consanguinidad o afinidad que sean ascendientes o descendientes (por ejemplo: con el abuelo o abuela, padre o madre, suegro o suegra, hijo o hija, yerno o nuera, nieto o nieta), y los colaterales del segundo grado (por ejemplo: con el hermano o hermana, cuñados o cuñadas).

Para más información, comunícate con el teléfono del Registro Civil: 600 370 2000.

Al igual que el matrimonio, la celebración de un Acuerdo de Unión Civil (AUC) la puedes realizar en una oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) o fuera de ella en un lugar acordado con el o la oficial civil.

¿Qué necesito para hacer el trámite?
  • Cédula de identidad vigente (chilena o extranjera residente).  Si eres una persona extranjera, debes presentar tu documento de identidad del país de origen o pasaporte vigente.
  • Si realizas el AUC a través de un mandato, el mandatario deberá presentar en el acto la escritura pública que lo faculta especialmente para celebrarlo, debiendo el oficial civil revisar que este último reúna los requisitos que establece el artículo 5º, incisos 3º y 4º de la Ley Nº 20.830.
¿Cómo solicito una hora para realizar mi AUC?
  • En el sitio web o en una oficina del Registro Civil. Necesitarás tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
  • La hora también la puede solicitar una tercera persona, quien deberá presentar su cédula de identidad y conocer los datos de los contrayentes: nombres y apellidos, nacionalidad, número de cédula, pasaporte o cédula de identidad del país de origen vigente, fecha de nacimiento, domicilios particulares, profesiones y lugar de la celebración.
  • En el caso de que ambos contrayentes sean extranjeros y ninguno cuente con ClaveÚnica, la reserva la deberán realizar presencialmente.

Importante: el AUC es celebrado por un o una oficial del Registro Civil, que dejará constancia en un acta firmada por ella, tú y tu conviviente civil (el acta será inscrita en un registro especial de acuerdos de unión civil).

Si necesitas más detalles, llama al teléfono del Registro Civil600 370 2000

  • La solicitud de reserva de hora para la celebración de un Acuerdo de Unión Civil (AUC) no tiene costo.
  • La ceremonia tiene los siguientes valores, los que debes pagar al momento de solicitar la reserva de hora:
    • En las oficinas del Registro Civil (en horario laboral): $1.680.
    • Fuera de la oficina del Registro Civil (en horario de trabajo): $21.680.
    • Fuera de la oficina del Registro Civil (fuera del horario laboral): $32.520.
    • Libreta: $1.680.

El documento contiene información tuya y de tu pareja, y puede ser usado para todo trámite.

¿Cómo lo solicito?
¿Cuál es el costo del documento?
  • Gratuito si lo solicitas en línea, sucursales o Módulos Express de ChileAtiende.
  • En las oficinas del Registro Civil, tiene un costo de $1.680.

Para más detalles, comunícate con el teléfono del Registro Civil600 370 2000

Si quieres terminar tu Acuerdo de Unión Civil (AUC), puedes hacerlo solo en los siguientes casos:

  • Por la muerte natural o presunta de tu conviviente civil.
  • Si contraes matrimonio con tu conviviente.
  • Por mutuo acuerdo.
  • Por voluntad unilateral, escritura pública o acta otorgada ante un oficial del Registro Civil. En cualquier caso, deberán notificar a tu conviviente.
  • Por una declaración judicial de nulidad (cuando el acuerdo no cumpla alguno de los requisitos).

Importante: si debido al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar, tú o tu conviviente no pudieron trabajar de forma remunerada durante el tiempo en que estuvo vigente el acuerdo o lo hicieron en menor grado del que podían o querían, tienen derecho a una compensación por menoscabo económico.

¿En qué casos tengo derecho a la compensación económica?

Cuando la separación haya sido por:

  • Mutuo acuerdo.
  • Voluntad unilateral.
  • Declaración judicial de nulidad. 

Si necesitas orientación, llama al teléfono del Registro Civil600 370 2000.

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