Descripción
Permite obtener la autorización para importar especies hidrobiológicas a través de determinadas certificaciones o por la realización de un estudio sanitario.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas.
Detalles
Conocer másLa solicitud corresponde a un acto administrativo mediante el cual la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura puede:
- Autorizar la importación de especies hidrobiológicas de primera importación.
- Rechazar fundadamente o exigir la realización previa de un estudio sanitario con efecto de impacto ambiental.
El procedimiento está contemplado en el Decreto Supremo (DS) N° 730, de 1995, “Reglamento de internación de especies de primera importación”.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másSolicitud escrita con los siguientes antecedentes:
- Nombre, RUT, domicilio y teléfono de la persona beneficiaria. Adicionalmente, las personas jurídicas tendrán que adjuntar la copia simple de las escrituras públicas de su constitución y modificaciones, el certificado de vigencia y la copia del mandato del que actúa en su nombre y representación.
- Identificación de la especie, nombre científico y común.
- Distribución geográfica de la especie en su ámbito nativo.
- Lugar geográfico y físico de procedencia de los ejemplares, señalando su estado de desarrollo.
- Zona zoogeográfica y establecimiento en que se proyecta mantener la especie.
- Objetivo de la importación.
- Antecedentes de la especie en su ambiente nativo, considerando los siguientes aspectos:
- Ciclo de vida.
- Biología reproductiva (tipo de reproducción y fecundación, ciclo reproductivo, fecundidad y requerimientos ambientales para la reproducción).
- Ecología, indicando el rol que desempeña en el ecosistema en las diferentes etapas de su ciclo de vida, particularmente en lo referido a su trama trófica.
- Antecedentes de la tecnología de cultivo de las especies (cuando corresponda).
- Patologías, agentes etiológicos, epibiontes, endobiontes y/o simbiontes relacionados con la especie.
- Antecedentes que existan de la introducción de la especie realizada en otros países, con sus respectivos resultados.
- Antecedentes bibliográficos.
Si el objeto de la primera importación de una especie hidrobiológica es su cultivo en sistemas de circuito controlado, además, tendrá que entregar los siguientes antecedentes:
- Diseño del sistema de cultivo o mantención, que permita su asilamiento del medio ambiente acuático.
- Sistema de captación, tratamiento y evacuación de aguas.
- Sistema de prevención y control de escapes de ejemplares, diseminación de enfermedades, programas de limpieza y desinfección, en todas las especies a importar.
ClaveÚnica para realizar el trámite en línea.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “Solicitar autorización”.
- Una vez en el sitio web de Subpesca, ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”. Siga las instrucciones de activación.
- Ingrese su solicitud.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización de importación de especies hidrobiológicas de primera importación.
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
- Explique el motivo de su visita: solicitar autorización de importación de especies hidrobiológicas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 90 días.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer másDecreto Supremo (DS) Nº 730, de 1995, reglamento de internación de especies de primera importación.