Descripción
Permite solicitar la anulación administrativa de giros y otros documentos, por errores en su emisión.
¿A quién va dirigido?
Conocer másContribuyentes a quienes el SII haya notificado actos del servicio (giros, liquidaciones o resoluciones), respecto de los cuales haya vicios o errores manifiestos en su emisión.
Detalles
Conocer másEntre los errores se incluye problemas en la identificación del contribuyente, referencia a disposiciones legales y tributarias equivocadas, copia o de cálculo, duplicidad de giros u otros documentos.
Restricciones:
- No puede existir un pronunciamiento jurisdiccional previo al respecto.
- Si el error incide en un giro u orden de ingreso, este no debe haber sido solucionado por el contribuyente, toda vez que con el pago la deuda fiscal deja de existir.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Formulario 2117.
- Acreditación del contribuyente o de la persona que realiza el trámite.
- Acreditar el mandato en caso de ser un mandatario autorizado para realizar el trámite.
- Documentación y antecedentes que acrediten la situación que expone en su solicitud.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúne los antecedentes requeridos.
- Haz clic en "Solicitar anulación".
- Una vez en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, ingresa a “Servicios online”.
- Ingresa a la opción “Peticiones administrativas y otras solicitudes” y dentro de esta opción selecciona “Peticiones administrativas y otras solicitudes", luego a "Ingresar petición administrativa y otras solicitudes" y posteriormente "Peticiones administrativas".
- Escribe tu RUT y clave tributaria, y haz clic en "Ingresar". Si no estás registrado, crea una cuenta. También puedes ingresar con tu ClaveÚnica.
- Selecciona la opción “Anulación y corrección de giros de Impuestos y multas emitidas por el SII”.
- Completa los datos solicitados, y haz clic en "Grabar".
- Como resultado del trámite, habrás solicitado la anulación administrativa de giros y otros documentos.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.
Marco Legal
Conocer más- Decreto ley Nº 830, sobre código tributario, artículo 6, letra B-Nº5.
- Circular Nº 51, de 2005, corrección administrativa de actuaciones con vicios o errores manifiestos que deja sin efecto circular 74, de 2001.
- Resolución Nº 2301, de 1986, que fija el procedimiento a seguir y señala los requisitos y obligaciones que deben cumplirse y los antecedentes que deben acompañarse respecto de solicitudes administrativas que menciona.
- Circular Nº 50, de 1986, sobre instrucciones sobre aplicación de la resolución exenta Nº 2301 del 7 de octubre de 1986, que fija el procedimiento a seguir y señala los requisitos y obligaciones que deben cumplirse y los antecedentes que deben acompañarse respecto de solicitudes administrativas que menciona.