Descripción
Permite acreditar estudios básicos y medios cursados por personas chilenas o extranjeras que regresan o ingresan a Chile, y que fueron realizados en países que son parte de algún convenio (revise el campo detalles de esta misma ficha).
Los certificados de estudios deben estar legalizados por el Ministerio de Educación, el de Relaciones Exteriores del país de origen y por el consulado chileno. Luego, la documentación debe ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Si el país de donde provienen los certificados de estudios es miembro del convenio de La Haya, los documentos solo deben venir del país de origen apostillado por el Ministerio de Educación de dicho país.
Obtenga más información.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas que realizaron estudios básicos y medios en el extranjero en algunos de los países que suscriben convenios con Chile.
Detalles
Conocer másPodrá acreditar estudios bajo los siguientes convenios:
- Convenio Andrés Bello: Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, España, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.
- Convenios bilaterales: Argentina, Brasil, España, El Salvador, Paraguay, Uruguay, Guatemala, Honduras y Haití.
- Alemania: que establece equivalencia entre los diplomas que permiten el ingreso a la universidad en ambos países (Abitur/licencia de enseñanza media).
- Francia: que establece equivalencia entre la licencia de enseñanza media y el bachillerato francés.
- Israel: que establece equivalencia de títulos, diplomas y certificados expendidos por las escuelas secundarias y superiores.
Otros casos en que se autoriza el reconocimiento de estudios:
- Hijos e hijas de chilenos y chilenas: que realizaron sus estudios en el extranjero, independientemente de si el país donde realizaron sus estudios tiene convenio con Chile.
- Hijos e hijas de funcionarias y funcionarios diplomáticos civiles o militares, consulares, y de organismos internacionales acreditados en Chile.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Cédula de identidad o pasaporte vigente del o de la estudiante.
- En el caso de hijos e hijas de chilenos y chilenas, la nacionalidad de los padres y las madres debe acreditarse con la cédula de identidad o certificado de nacimiento de, al menos, uno de ellos (fotocopia simple).
- Certificados de estudios originales de los cursos de educación básica o media y diploma (corresponde cuando completó la educación secundaria; últimos cuatro años cursados y diploma), aprobados en el extranjero.
Importante:
- Solo se aceptarán documentos originales, sin manchas ni enmendaduras (no se aceptan fotocopias notariales).
- Si se trata de certificados de estudios extendidos en lengua extranjera, se solicitará la traducción del documento.
- Si el país de donde provienen los certificados de estudios es miembro del convenio de La Haya, los documentos solo deben venir del país de origen apostillado por el Ministerio de Educación de dicho país.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a:
- La oficina de Ayuda Mineduc, ubicada en Fray Camilo Henríquez 262, Santiago. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
- En regiones, a la oficina de atención ciudadana más cercana.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el reconocimiento y convalidación de estudios básicos y medios realizados en el extranjero, en países en convenio.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado de trámite, habrá solicitado el certificado de reconocimiento de estudios básicos o medios cursados en el exterior. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 20 días hábiles.
Importante: si requiere más información, llame al 600 600 26 26.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.