Descripción
Permite solicitar a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud el documento que acredita que la instalación, ampliación o traslado de un establecimiento industrial o comercial cuenta con las condiciones de seguridad mínimas para funcionar, de acuerdo con las exigencias sanitarias, ambientales y de prevención de riesgos asociadas a las actividades que allí se desarrollan.
La SEREMI de Salud otorgará el informe sanitario favorable siempre que la evaluación sanitaria ambiental determine que técnicamente se han controlado todos los riesgos asociados a su funcionamiento, y que cumple con la normativa sanitaria y legal vigente.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales o jurídicas que requieren un informe sanitario para tramitar la patente municipal respectiva.
Detalles
Conocer másAl momento de solicitar el informe, la empresa debe estar instalada con toda su infraestructura y equipamiento. El procedimiento de evaluación comprende requerimientos con visita inspectiva y sin visita inspectiva, dependiendo fundamentalmente del tipo de actividad y su tamaño.
En este proceso se toman en cuenta los planos reguladores comunales o intercomunales y los riesgos que el funcionamiento de la actividad o industria pueda causar a sus trabajadores y trabajadoras, al vecindario y a la comunidad.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másAntecedentes obligatorios preliminares:
- Plano general o croquis de la instalación. Debe ser a una escala que permita una visualización adecuada del detalle de la información (principales dependencias del establecimiento, emplazamiento de las maquinarias y los equipos), cuadro de superficies en metros cuadrados (superficie construida en metros y superficie total del terreno), y uso o destino de las actividades colindantes con el predio.
- Característica de la construcción: descripción de la estructura soportante de la construcción, materialidad del piso, muros estructurales y no estructurales, tipo de cubierta de la techumbre, material que comprende la zona de carga y descarga, estacionamientos, y vías de circulación vehicular o maquinaria pesada en el interior de la instalación.
- Procesos y actividades: descripción de procesos productivos y/o servicios, identificación de las materias primas, insumos y/o productos elaborados, productos almacenados, capacidad máxima de almacenamiento del establecimiento, listado de herramientas de mano, maquinarias, equipos utilizados en el proceso, maquinaria pesada, forma en que se realizará el proceso de carga y/o descarga de materiales, insumos y productos en general.
- Abastecimiento de servicios básicos de agua potable y aguas servida: boleta de agua que incluya sistema de alcantarillado o autorización sanitaria de agua potable y de aguas servidas.
- Informe de uso de suelos o certificado de zonificación otorgados por la municipalidad respectiva, donde se establecen los tipos de actividades permitidas en la dirección de emplazamiento de la actividad o formato adjunto completo y firmado por la dirección de obras de la municipalidad. La antigüedad de los documentos no debe ser superior a seis meses.
- Antecedentes complementarios que resulten pertinentes anexar.
Otros documentos requeridos
Durante el proceso de evaluación, la SEREMI de Salud requerirá antecedentes adicionales para emitir el informe, los que serán solicitados a través de la plataforma o en la visita inspectiva, según corresponda:
- Planilla de pago o certificado de afiliación al organismo administrador de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Constitución de comité paritario.
- Reglamento interno de higiene y seguridad industrial.
- Inscripción de la declaración ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) correspondiente a las instalaciones eléctricas y de combustibles líquidos y gaseosos.
- Informes emitidos por el organismo administrador de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales: reconocimiento de riesgos; evaluaciones ambientales por exposición a agentes de riesgos físicos, químicos o biológicos; evaluaciones biológicas de trabajadoras y trabajadores expuestos, y/o programa de vigilancia.
- Autorizaciones sanitarias expresas de las instalaciones radiactivas y del personal que se desempeña en ellas, además del almacenamiento de sustancias peligrosas.
- Autorización del casino de personal.
- Certificación de los elementos de protección personal.
- Registros de autoclaves y calderas.
- Operadores de calderas y autoclaves.
- Certificado de Residuos Ambientales Líquidos (RILes).
- Declaración de residuos industriales sólidos.
- Evaluación ambiental de ruidos molestos.
- ClaveÚnica, si realiza el trámite en línea.
Importante:
- En los casos de actividades acogidas a permiso inmediato, junto con entregar los antecedentes obligatorios preliminares, los interesados e interesadas tienen que adjuntar una declaración jurada simple de trámite inmediato firmada por el o la titular.
- La documentación debe estar en formato digital.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másIndefinida, excepto en casos de ampliación, cambio de giro, número de trabajadores o trabajadoras y/o maquinarias o traslado.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Haga clic en “Solicitar informe”.
- Una vez en el sitio web SEREMI en Línea, seleccione “3 informe sanitario: establecimientos industriales y/o comerciales”, y haga clic en “Ir al trámite”.
- Digite su RUN y ClaveÚnica, y pulse “Continuar”. Si no la tiene, solicítela.
- Seleccione el tipo de informe (“Establecimientos industriales y/o comerciales”) y complete el formulario con los antecedentes y las identificaciones (propietario e instalación) más los archivos adjuntos, y pulse “Guardar trámite”. También podrá realizar una simulación.
- Seleccione la modalidad para pagar el arancel correspondiente: web o presencial. En este último caso, debe generar el comprobante de pago, imprimirlo y dirigirse a una oficina de la SEREMI de Salud.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el informe sanitario, cuyo plazo de entrega es de 30 días hábiles.
Importante: revise el manual explicativo del proceso.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másBase de $113.200 más 0,5% de declaración de capital inicial declarado ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y actualizado a la fecha, con un máximo a pagar de $899.700.
Importante: las personas interesadas que acrediten pertenecer a un programa social pueden acceder a exención de arancel o a un pago mínimo. Son beneficiarios y beneficiarias las personas naturales o jurídicas, cuya calificación del Registro Social de Hogares (RSH) corresponda al 40% más vulnerable.
Marco Legal
Conocer másMarco normativo general:
- Ley Nº 16.744.
- Ley Nº 20.416.
- Ley Nº 19.749.
- Artículo 83º del Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 725, de 1968.
- Decreto Supremo (DS) Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud.
- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 1, de 1989, del Ministerio de Salud, que determina las materias que requieren autorización sanitaria expresa.
Marco legal específico:
- Decreto Supremo (DS) Nº 38, de 2011, del Ministerio del Medioambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
- Decreto Supremo (DS) Nº 138, de 2005, del Ministerio de Salud, que establece la obligación de declarar las emisiones que indica.
- Decreto Supremo (DS) Nº 144, de 1961, del Ministerio de Salud, que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
- Decreto Supremo (DS) Nº 78, de 2009, del Ministerio de Salud, que establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas.
- Decreto Supremo (DS) Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
- Decreto Supremo (DS) Nº 10, de 2012, del Ministerio de Salud. Reglamento de calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua.
- Decreto Supremo (DS) Nº 3, de 1985 y Decreto Supremo (DS) N° 133, de 1984, sobre instalaciones radiactivas y protección radiológica.
- Decreto Supremo (DS) Nº 66, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sobre instalaciones interiores de gas.
- Decreto Supremo (DS) Nº 160, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sobre expendio e instalaciones de combustibles líquidos.
- Decreto Supremo (DS) Nº 108, de 2014, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sobre instalaciones de combustibles gaseosos.
- Normas técnicas eléctricas.