Descripción
Si eres empleadora o empleador, en el contexto de la Ley Karin podrás realizar las siguientes acciones:
- Derivar la denuncia a la Dirección del Trabajo (DT).
- Depositar la investigación.
- Avisar el inicio de investigación.
Para más información, revisa la guía rápida para realizar el trámite o las preguntas frecuentes.
Conoce en qué consiste cada trámite
Conocer másDepósito de investigación: solicita a la DT el pronunciamiento respecto a la investigación realizada. Las respuestas podrán ser: con o sin observaciones.
Aviso de inicio de investigación: informa a la DT que iniciará una investigación por Ley Karin.
Derivación denuncia: formaliza la derivación de la denuncia para el inicio de la investigación por parte de la DT.
Ingresa tu solicitud
Conocer másEntra al portal Mi DT con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Importante:
- El trámite lo puede realizar tu representante legal (habilitado en el portal), siempre y cuando estés constituido como persona jurídica.
- Podrás adjuntar documentos de respaldo en formatos PDF, JPG, DOC o similares (peso máximo de 50 MB).
Lee el marco legal
Conocer más- Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Ley N° 21.643, de 2024, sobre la Ley Karin.