Registro de comité bipartito de capacitación

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Descripción

Permite a los empleadores y empleadoras, que tengan contratados más de 15 trabajadores y/o trabajadoras, cumplir con la obligación de registrar en el portal Mi DT la constitución del comité bipartito de capacitación.

Importante:

  • El registro del comité deberá completarse en el plazo de 15 días hábiles desde la fecha de constitución del comité bipartito de capacitación.
  • En caso de reelección o si se producen cambios en los integrantes del comité o en los datos incorporados, el empleador o empleadora debe actualizar la información en el portal Mi DT, dentro de los 15 días hábiles siguientes a que se produzca la modificación.

Para hacer el trámite en línea, revise la “guía rápida del registro de comité bipartito de capacitación”. 

El trámite se puede realizar durante todo el año en el portal Mi DT.

Empleadores y empleadoras en cuyas empresas, faenas, sucursales o agencias trabajan más de 15 personas.

  • Acta de constitución con los miembros del comité.

Importante:

  • Para realizar el trámite en línea, a través del portal Mi DT, es necesario contar con la ClaveÚnica.
  • Los empleadores y empleadores, constituidos como personas jurídicas, deben tener habilitados uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
- Instrucciones Trámite en línea
  1. Reúna los documentos requerimientos.
  2. Haga clic en “Ir al trámite en línea”, y luego en “Iniciar sesión”.
  3. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”. Si no la tiene, solicítela.
  4. Seleccione el perfil “Empleador”, y actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT.
  5. Haga clic en “Registro de comité bipartito de capacitación”.
  6. Complete los datos requeridos, y haga clic en “Finalizar”.
  7. Como resultado del trámite, habrá realizado el registro del comité. Recibirá la confirmación a través de correo electrónico y podrá descargar un comprobante desde su perfil en el portal Mi DT.
- Instrucciones Trámite en Sucursal
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

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